Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo

María Luz RodríguezMaría Luz Rodríguez (consejera de Trabajo y Empleo de Castilla-La Mancha)

El 12 de octubre de 2007, fecha de la entrada en vigor de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, será un día de alegría y emoción para más de 3 millones de familias de nuestro país, 143.000 de las cuales son castellano-manchegas. Hoy ponemos punto y final a la situación de desprotección en que han vivido los trabajadores autónomos y empezamos una etapa en la que todos ellos y sus familias tendrán los mismos derechos que el resto de los trabajadores.

Los autónomos han sido mucho tiempo uno de los motores de nuestra economía. Han creado empleo, riqueza y bienestar social para el conjunto de los ciudadanos. Pero lo han hecho sin apenas redes de protección. Prácticamente dejados a su suerte. Y sin ningún reconocimiento social que premiara su esfuerzo y su tesón.
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Hoy, por fin, todo eso cambia. El Estatuto del Trabajo Autónomo marca un antes y un después en la historia y la vida de los autónomos, porque ahora tendrán derechos, protección, apoyo de los poderes públicos y el reconocimiento que se merecen de toda la sociedad española y el conjunto de la ciudadanía de Castilla-La Mancha.

Desde el Gobierno de José María Barreda, hemos hecho del impulso y el apoyo al trabajo autónomo un objetivo prioritario. Nuestro Plan Regional de Fomento del Autoempleo, en vigor hasta 2010 y al que destinamos 80 millones de euros, es la pieza más importante y visible de nuestro compromiso y apuesta política en favor de este colectivo, porque, para nosotros, los autónomos representan la cultura de la innovación, el esfuerzo y el futuro.

A ello se suma ahora el Estatuto del Trabajo Autónomo. Los avances que contiene esta Ley -aprobada con el consenso de todos los grupos políticos y respaldada por las organizaciones representativas del colectivo al que va dirigida- son de una trascendencia social enorme, pero sobresalen, sin ninguna duda, los que se refieren a la protección social del autónomo, que será, por fin, prácticamente la misma que la que hoy tienen los trabajadores asalariados.

Los autónomos tendrán baja por enfermedad y también prestaciones de Seguridad Social por enfermedad profesional y accidente de trabajo, incluido el que se produce en los desplazamientos desde el lugar donde trabaja hasta el domicilio. Podrán jubilarse, como lo hacen los demás trabajadores, de manera anticipada y tener prestación por desempleo cuando, pese a todos los esfuerzos realizados, su negocio vaya mal y tengan que cerrar.

Una y otra, la jubilación anticipada y la prestación por desempleo, se combinarán, además, para que los autónomos de mayor edad tengan una protección similar a la que tienen los trabajadores asalariados cuando deben cesar en su puesto de trabajo.

Se reconoce su derecho a trabajar a tiempo parcial, vieja reivindicación del trabajo autónomo que hoy queda satisfecha. Y su derecho a disfrutar de permisos de maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo y la lactancia. El Estatuto del Trabajo Autónomo sigue, en este ámbito, la senda de la propia Ley de Igualdad y hace efectivo el derecho de los autónomos a la conciliación de la vida familiar y profesional.

Todas las demandas de los autónomos en materia de Seguridad Social han sido, así pues, finalmente atendidas. En una región y un país que apuesta por la igualdad, la solidaridad y la justicia social, no podía consentirse por más tiempo que hubiera diferencias significativas en el nivel de bienestar de los trabajadores autónomos en relación con los asalariados. Si las necesidades de unos y otros -la vejez, la enfermedad, el cuidado de los hijos o la pérdida del empleo- son las mismas, la misma debe ser también su Seguridad Social. Porque nuestro Estado Social es igual para todos.

Pero los derechos que reconoce el Estatuto del Trabajo Autónomo no acaban aquí.

Se reconoce y garantiza su derecho a la igualdad y a no ser discriminados en su actividad profesional por motivo alguno. Recordando que, en ningún caso, la discapacidad puede ser causa de discriminación en el trabajo autónomo. Se reconoce también la protección que merece la vivienda habitual del autónomo, que no podrá ser embargada, dejando al autónomo y su familia sin lugar donde vivir, para el pago de sus deudas.

Y la posibilidad de que los autónomos contraten como trabajadores a sus propios hijos, implicándolos, como a cualquier otro trabajador, en el negocio familiar.

La salud y la seguridad en el trabajo del autónomo tienen el mismo valor que la salud y la seguridad de los demás trabajadores y, por ello, deben tener el mismo nivel de protección.

El autónomo debe velar con exigencia y rigor por la seguridad de los trabajadores que tiene contratados, pero él mismo será también, a partir de ahora, sujeto con derecho a protección en este ámbito. Recibirá la formación adecuada en prevención de riesgos y podrá negarse a seguir trabajando si cree que su vida, su seguridad o su salud están en serio peligro.

Los autónomos van a tener también, por primera vez en la historia, voz como colectivo presente y activo en la sociedad. El Estatuto del Trabajo Autónomo reconoce y garantiza el derecho de sindicatos y asociaciones de autónomos a defender y promocionar los intereses económicos y sociales de este colectivo, y a estar presentes en el Consejo del Trabajo Autónomo que se creará a nivel nacional. Participarán, por tanto, en la definición de todas las políticas públicas que les afecten y ante todas las administraciones públicas, dejando su huella en todas ellas.

En el Estatuto del Trabajo Autónomo tienen cabida todos los autónomos, que son, en verdad, una realidad muy heterogénea y plural. Pero hay un tipo de trabajador autónomo que tiene necesidad de que le protejamos con más intensidad. Es aquel que depende económicamente de un solo cliente.

Los autónomos económicamente dependientes son una minoría dentro del colectivo de autónomos, pero tienen una situación de debilidad especial porque trabajan para un solo empresario y dependen económicamente de él. Por eso necesitan más derechos y esta Ley se los da: derecho a tener 18 días de vacaciones al año; a tener una indemnización en caso de extinción sin causa de su vínculo contractual; derecho a defender sus intereses ante la jurisdicción social; y derecho a negociar, como hacen los trabajadores asalariados, sus condiciones de trabajo en pie de igualdad, mediante acuerdos de interés profesional.

Finalmente, el Estatuto del Trabajo Autónomo apoya sin tregua la iniciativa empresarial, el espíritu emprendedor y la creación de empleo. En esta Comunidad Autónoma y en todo el país necesitamos más y mejores empresarios, capaces de desenvolverse en un mundo cambiante y cada vez más competitivo y el Estatuto del Autónomo va a estar junto a ellos. Va a asegurar, uno a uno, los nutrientes que necesita la pequeña empresa para nacer, desarrollarse y ser competitiva dentro de la economía y del mercado.

El Estatuto del Trabajo Autónomo mejora, con ese fin, las políticas de fomento del autoempleo. Jóvenes y mujeres tendrán reducciones y bonificaciones en su cuota de la Seguridad Social que les servirán de apoyo económico para poner en marcha su imaginación y sus proyectos. También nuestros artesanos y quienes inviertan en tecnologías de la comunicación o busquen nuevos yacimientos de empleo.

Tenemos, en definitiva, un Estatuto del Trabajo Autónomo a la altura de los tiempos. En nombre del Gobierno de Castilla-La Mancha, quiero aprovechar este día para rendir un sentido homenaje a los más de 3 millones de autónomos y sus familias que hoy viven y trabajan en España, y a los más de 143.000 que viven y trabajan en Castilla-La Mancha. Les debíamos mucho y desde hace mucho tiempo. Hoy, con la entrada en vigor del Estatuto del Trabajo Autónomo, saldamos la deuda histórica que teníamos pendiente con ellos.

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