La PAH Ciudad Real se concentra ante los juzgados para pedir la nulidad de todos los procedimientos de ejecución hipotecaria

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Ciudad-Real ha anunciado una serie concentraciones ante los juzgados de Almagro, Valdepeñas, Manzanares y Daimiel el próximo miércoles 1 de octubre, y de Ciudad Real, el miércoles 8 de octubre, a las 11 de la mañana. la PAH solicitará la aplicación de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, así como la nulidad o suspensión de todos los procedimientos de ejecución hipotecaria y otras cuestiones relativas a la legislación hipotecaria. Además, solicitará a los jueces decanos que, en la próxima junta de jueces, incluyan las peticiones de la PAH como punto del orden del día.
pahciudadreal
Reproducimos en su integridad el resto del comunicado de PAH Ciudad Real:

Tal planteamiento se sustenta en las más de una decena de cuestiones prejudiciales planteada por otros tantos jueces de distintas audiencias.

En la Sentencia del TJUE de 14 de marzo de 2013, asunto C-415/11, caso Aziz, que declara que la normativa española que regula el procedimiento de ejecución hipotecaria es contrario a la Directiva 93/13/CEE y la aplicación de la protección que al deudor hipotecario confiere.

En la Sentencia del TJUE de 17 de julio de 2014, asunto C-169/14. caso Sánchez Morcillo contra BBVA, en la que se afirma que no solo viola la Directiva 93/13/CEE, sino que la normativa española que regula el procedimiento de ejecución hipotecaria, y en particular la Ley de Enjuiciamiento Civil, concede un trato privilegiado al profesional, acreedor o prestamista, impide los principios de igualdad procesal y de tutela judicial efectiva; suponiendo por tanto dicha regulación procesal un incremento en la desigualdad de armas entre los profesionales en su condición de acreedores ejecutantes y los consumidores en us condición de deudores ejecutados.

En la Sentencia del TJUE de 10 de septiembre de 2014, asunto C-34/13, caso Monica Kusionová, en la que declara a la vivienda como un derecho fundamental en relación con el articulo 7 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la doctrina del TEDH, reforzando así el derecho a la vivienda reconocido en el Art. 47 de nuestra Constitución.

En consecuencia podemos afirmar que los procedimientos de ejecución hipotecaria tramitados de acuerdo con una norma contraria al derecho comunitario, y por tanto ilegal, deben ser declarados nulos, y tal declaración de nulidad implica la anulación de todos sus efectos así como la reparación del daño causado.

De acuerdo con la normativa procesal española y con la Constitución de 1978, la violación del derecho a la tutela judicial efectiva deviene en la nulidad radical de la resolución. Esta cuestión debiera ser contemplada de oficio por el juzgador como garante del proceso desde el mismo momento que tuviera conocimiento de la misma, so pena de mantener en vigor una resolución judicial injusta e ilegal a sabiendas.

POR TODO ELLO LOS MIÉRCOLES 1 Y 8 DE OCTUBRE ESTAREMOS EN LOS JUGADOS

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