CCOO presentará conflicto colectivo contra la pretensión de Liberbank de negociar individualmente la salida de 615 trabajadores

CCOO presentará ante la Audiencia Nacional demanda de conflicto colectivo contra Liberbank por sus pretensiones de ofrecer salidas voluntarias individualmente a las personas nacidas en 1956, 1957 y 1958 a partir de septiembre. «Estudiado el asunto por nuestra Asesoría Jurídica, lo propuesto por Liberbank incumple el Acuerdo firmado en diciembre de 2013 y también vulnera el derecho fundamental de libertad sindical en su vertiente de derecho a la negociación colectiva», señala el sindicato en una nota.

«Como sabemos que hay mucha gente que se quiere ir, volvemos a aclarar que en CCOO no estamos en contra de que existan salidas siempre y cuando sean voluntarias, pero como sindicato no podemos permitir que se hagan de esta manera”, señala Carlos Genillo, responsable de la sección sindical de CCOO en Liberbank. «Primero porque se pretenden realizar en fraude de ley. El anuncio de 615 bajas no es ni puede ser tratado como un asunto “individual” entre las partes, sino como un ERE de alcance colectivo».

«Segundo», prosigue, «porque la empresa incumple de nuevo el Acuerdo de diciembre de 2013 pues en él se establece el compromiso a que antes de abordar cualquier proceso de reordenación o reestructuración de alcance colectivo, las partes promoverán la negociación con la representación de los trabajadores de las medidas a adoptar. Y esta medida, aunque solo sea por el impacto que todas estas bajas tienen sobre el resto de la plantilla, queda claramente dentro de ese supuesto».

«Tercero, porque el sistema es totalmente arbitrario. Como, contrariamente a lo habitual, esta vez lo han anunciado con dos meses de anticipación, no hemos tenido ni que esperar a que lo anunciado se ponga en marcha para comprobar como algún jefecillo territorial, haciendo gala de su teórico poder, se jactaba y presumía en público de ser él en persona quien iba a decidir a quién llamaba y cuánto le ofrecía», indica. «Cuarto, porque el sistema que han diseñado únicamente favorece a la parte más fuerte, la empresa».

«Quinto», continúa, «porque con el sistema propuesto la oferta tenía que ser necesariamente mala. Como lo pactado entre las partes no se podría llamar oficialmente despido (aunque en realidad lo fuera) tendría importantes consecuencias; como que no se podría cobrar desempleo, la indemnización tributaría íntegramente en el IRPF y se perderían algunas ventajas con la Seguridad Social respecto a las cotizaciones o el acceso a las pensiones por jubilación».

«Sexto y no menos importante, porque estas salidas no pueden ser pagadas por el resto de la plantilla. Una medida de ese calibre es incompatible con la existencia de un ERTE que se firmó, entre otros motivos, para preservar el empleo», concluye.

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