CSI·F denuncia las malas condiciones de algunos centros sociales y deficiencias en el Impefe y el cuartel de la Policía Local

El sindicato CSI·F ha vuelto a denunciar que algunos edificios públicos que albergan los servicios municipales «no reúnen las condiciones mínimas»: no cuentan con planes de evacuación, ni salidas de emergencia, «muchos de ellos tienen deficiencias en accesibilidad y son un problema arquitectónico tanto para el ciudadano como para el empleado que presta sus servicios en los mismos», asegura.centro-social-de-pio-xii

Ejemplo de ello es el Centro Social Pio XII, que no cuenta con salida de emergencias, ni es un centro accesible y sus ventanas, al igual que en la mayoría de los centros sociales, están rejadas y no tienen salidas alternativas, detalla el sindicato.  Otros ejemplos son el Impefe, cuyo centro que atiende a gran cantidad de usuarios no cuenta con ascensor para acceder a los despachos; o el Centro Social de Santiago, que no reúne las condiciones mínimas. Paradójicamente carece de ascensor y sin embargo el baño para personas con movilidad reducida se encuentra en la planta superior, a la que se accede mediante una escalera de caracol.

En «igualdad de condiciones» se encuentra el cuartel de la Policía Local, que, a juicio de CSI·F, no reúne tampoco las condiciones mínimas. Destaca que, por el mismo espacio transitan detenidos y usuarios que van a realizar gestiones.

Por todo ello, CSIF denuncia que no se puede prolongar más en el tiempo dar una solución a estos problemas y se hace necesario tener la dotación económica que proceda para solucionarlo.

Modificación de la RPT
Por otro lado, el sindicato CSIF ha presentado a la Corporación municipal capitalina, así como a los grupos políticos que la integran, una propuesta de modificación de la Relación de los Puestos de Trabajo (RPT) en la que se recogen los resultados de un estudio sobre la equidad interna  y externa de los empleados públicos respecto entidades locales análogas.

CSIF se acoge a la ley de Presupuestos Generales del Estado  2016, que establece el límite máximo de incremento de las retribuciones de personal al servicio del sector público y en la que el artículo 19. 7 dispone que:  “Lo dispuesto en los apartados anteriores debe entenderse sin perjuicio de las adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación de número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados del mismo”

El término “contenido de los puestos de trabajo”, además de individualizar el conjunto de funciones que los diferentes puestos tienen atribuidas en la organización, está también  referido al complemento específico, concepto retributivo complementario que debe determinarse, tal y como señalas las normas, por las condiciones del puesto como son, su dificultad técnica, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad y penosidad, explica el sindicato.

Las previsiones contenidas en las Relación de Puestos de Trabajo (RPT), añade, no son inalterables de manera indefinida y existen razones de interés público, eficacia administrativa e igualdad con otras administraciones locales, «que recomiendan y hacen imprescindible la modificación de la actual RPT, para adaptarla a exigencias y circunstancias que cuando se aprobó no existían o no fueron tenidas en cuenta y, por ello, la potestad municipal de auto organización debe alcanzar la posibilidad de modificar dicho instrumento  de modo justificado (como se está haciendo en Tomelloso)».

CSIF incide en la necesidad de recuperar la acción social, ya que con la firma del acuerdo marco se adquirió por parte del equipo de gobierno un compromiso para la negociación de dicha ayuda a los empleados municipales.

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