Ciudad Real: Clausurado durante 15 días un disco pub que acumula 8.300 euros en sanciones

Un establecimiento de ocio nocturno ubicado en el entorno de la calle Toledo ha sido sancionado con 1.500 euros y clausura durante un período de 15 días por infracción grave de la Ley de Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Castilla-La Mancha al incumplir el horario de cierre y entorpecer la labor inspectora, al no abrir la puerta cuando la Policía Local se personó en el establecimiento tras llamar «en repetidas ocasiones». Los agentes constataron que el interior se escuchaban «voces y conversaciones en tono elevado al encontrarse un gran número de personas en su interior y golpes de jugar al billar o futbolín».Ayuntamiento de Ciudad Real 1

Se da la circunstancia de que este local acumula varias sanciones similares desde el año 2017, cuyo importe económico alcanza los 8.300 euros.

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22 COMENTARIOS

  1. Por que no dice que es en la c/Estación Via Crucis, y que se llama Chambao? Si aparece en la Convocatoria de la Junta de Gobierno Local del pasado lunes dia 12

    • … y que más da?.. Tampoco tienen licencia los hosteleros para instalar zonas de fumadores prohibidas en la calle (salones plastificados) y ahí los tienes, son los putos amos.

  2. En la calle Hidalgos hay una «discotec» regentada por extranjeros que deben mucho dinero al ayuntamiento por sanciones… cuando la van a cerrar? O quizás no se atreve el Ayuntamiento, para que no les acuse de racismo.

  3. Esa costumbre de cerrar la puerta y quedarse dentro consumiendo lo que se pudiera, ya lo hacían en los años 90 en determinado local de C/ Hidalgos. Si se llamaba a la persiana metálica de determinada manera, ¡abrian! si no no lo hacían y continuaban dentro. En el caso de que llegara la policia cuando estaba entrando o saliendo algún «cliente», alegaban que eran «amigos, que les acompañaban mientras hacían la caja, para evitar atracos». ¡Seguramente haya algún policia municipal que se acuerde de estas «cositas», ¡pero no pasaba nada!. Todo era muy correcto ¿verdad, señores?

  4. Artículo 6 del Código Civil:
    «Ignorantia juris non excusat».
    Me trae al pairo «discotec» que «chambao», o que su nacionalidad sea Colombiana, de República Dominicana o Española, las leyes (Ordenanzas) están para cumplirlas).

  5. Aplaudo la medida aunque me sorprende. Y me pregunto ¿porque dicha medida, de clausurar el local durante unos días, por incumplidor y por tener acumulado en sanciones una importante cantidad de euros, no se aplica a los locales del Torreón?. ¿Que poder tienen dichos hosteleros incumplidores del Torreon para gozar de dicha prerrogativa?. ¿Quizás es porque son perfectos cumplidores de la normativa y estoy sacando falsas conclusiones?. Seguro que es esto último y lo que pasa es que soy muy mal pensado. Jeje.
    Buenas noches.

  6. En muchos locales se ha vuelto a fumar en el interior. De las terrazas mejor ni hablar, por ejemplo, la Ordenanza habla de mesas de un máximo de 4 comensales, lógicamente esta medida tiene la intención de que se puedan organizar fiestas con elevado número de comensales. Pues bien, hay alguna terraza que junta 15, 20 de esas mesas y se celebran cenas de cumpleaños, despedidas de soltera o soltero.

  7. Muchos o pocos sitios la Ordenanza de Ocupación para poner veladores esta establecida en función de la licencia concedida de tipo II, III, o IV.

  8. Las Ordenanzas Municipales regulan la convivencia de todos los vecinos.
    Quien no las cumpla, que se atenga a las consecuencias y, si se declara insolvente para afrontar las sanciones, que haga trabajos para la ciudad…..

    • … si me permites propongo un trabajo social para la ciudad para estos supuestos insolventes, desatornillar y desmontar los salones plastificados que no se usan como terraza, sino como meros espacios ilegales para fumadores y que encima tenemos que soportar nos ocupan espacio de todos. Por supuesto las terrazas terrazas, terrazas de verdad, no.

  9. Para aquellos «hosteleros» dados de alta como Autónomos que supuestamente sean insolventes o en Sociedades pantalla o fantasma que esten a 0 sanciones de 1500€ no son dolosas, otra cosa muy diferente es la clausura del local en los casos de sanción muy grave o 2 sanciones graves, y por ello se hace imperativamente necesario la modificación de la Ordenanza obsoleta existente.

  10. La policía local cumple sobradamente con su trabajo, las administraciones competentes No. Espero que a partir de ahora se tome esta misma medidas en otros locales, concretamente en la zona del Torreón.

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