Una amenaza se cierne sobre la recogida de firmas del PP

Ricardo Chamorro

   La Agencia Española de Protección de Datos irrumpe nuevamente en la actualidad española.

   Esta vez la Agencia ha advertido al Partido Popular, en declaraciones a Europa Press, que la toma de datos llevada a cabo en la web para el referéndum sobre el Estatut no cumple las mínimas obligaciones conforme a la normativa en protección de datos. Los formularios para la firma en soporte papel tampoco introducen aviso legal alguno en consonancia con esta normativa.

   La regulación para la convocatoria de referéndum obliga a que las firmas sean representativas de una identidad auténtica, por lo cual sería necesario que los formularios de recogida de firmas advirtieran de una posible cesión de datos a terceros para comprobar la autenticidad de las mismas. Esa cesión debe ser advertida y consentida por los firmantes, según el articulo 11 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Aparte de lo anterior, el formulario no informa con respecto a otros aspectos obligados por Ley.

  
El artículo 5 de la LOPD señala el derecho de información en la recogida de datos. Según este articulo los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco:

a) De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.

b) Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.

c) De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.

d) De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

e) De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante

   La advertencia que contiene el formulario de firmas autoriza expresamente a ceder los datos como apoyo tal y como fueron recogidas, por lo tanto no permite la verificación de la identidad con otra base oficial por no haberlo informado en el procedimiento de toma de datos, lo que daría lugar a que las firmas no serían vinculantes con respecto a la convocatoria de referéndum. El realizar el procedimiento de verificación sin el consentimiento del afectado, incumpliría lo señalado en la Ley.

  
El departamento jurídico del Partido Popular debería darse prisa en modificar el Aviso Legal de las tomas de datos e informar en la medida de lo posible a los ya firmantes de las cesiones para verificar la identidad. Aun así creo que es un fallo importante para una iniciativa de tanto esfuerzo y de tantas esperanzas por parte de una proporción muy importante de la población española.

CHAMORRO Consultores Jurídicos

C/ General Aguilera 6º 3º b

Ciudad Real

www.chamorroconsultores.com

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