El Quesito: califican “VPP” para beneficio propio PP

Albino Fernández

En la compra de una vivienda calificada como VPO (Viviendas de Protección Oficial) ésta se obtiene a un precio notablemente inferior al del mercado y en ocasiones también con subvenciones económicas para la compra. Por lo que el comprador ha de reunir una serie de requisitos establecidos por la administración: ingresos máximos (5,5 veces el S.M.I), no disponibilidad de otra vivienda, etc.

Está claro que el objetivo de la Administración (estatal, autonómica o municipal) en la construcción de VPO, ya sean de promoción pública o privada, es el de facilitar a los ciudadanos económicamente menos favorecidas el derecho constitucional a una vivienda digna y no para obtener suculentos beneficios especulando con ellas.

Pero, “quien hizo la ley hizo la trampa” y el Sr. Alcalde y su concejal de urbanismo se sacan un nuevo tipo de VPP “protección pública”: limitar la superficie máxima (120 m2) y fijar el precio máximo de 140000 ptas/m2 (841,417 euros/m2). En el mercado libre, en el año 2002, el precio era superior a los 1500 euros/m2, casi el doble. Eso sí, para su adquisición no existían condiciones, por lo que cualquiera, fuera rico o no, podía comprarlas con tal de llegar a tiempo.

{mosgoogle}Aprovechando esta clara ocasión desde su situación privilegiada de conocimiento e influencia para anticiparse, nuestros ediles municipales, así como familiares y amistades, pudieron adquirir la vivienda tan deseada “pero que sus posibilidades económicas no se lo habían permitido” (el alcalde, con dos pisos; su sobrina, con otro; la concejal hoy alcaldesa, con uno y su padre con otro; dos hijos del concejal de Urbanismo con sendas viviendas y también figuraba con otro una diputada nacional del PP que, posteriormente, lo vendería).

Desconozco si este claro aprovechamiento incurre o no en la ilegalidad jurídica (¿cohecho? Artículo 420 del Código Penal:  “La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicite o reciba, por sí o por persona interpuesta, dádiva o promesa por ejecutar un acto injusto relativo al ejercicio de su cargo que no constituya delito, y lo ejecute, incurrirá en la pena de prisión ….”).

Ni siquiera me importa si es o no moral, esa es su responsabilidad ante su Dios y su Iglesia a la que afirman pertenecer.

Pero lo más repugnante resulta ser la total falta de ÉTICA de quienes dictan normas para aprovecharse de ellas perjudicando a los que realmente debieran ser sus beneficiarios.
¿Qué pensarán las familias (la familia concepto tan sagrado para ellos) que, con recursos insuficientes para pagar los elevados precios de una vivienda libre, no han podido comprar una de estas viviendas porque cuando llegaron ya todas estaban vendidas? ¿Que los políticos que gobiernan nuestras Instituciones son todos unos chorizos? Esperemos que sepan distinguir entre unos y otros, porque todos no son iguales.

Artículo anterior
Artículo siguiente

Relacionados

ESCRIBE UN COMENTARIO

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí


spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img