66 familias se benefician de 16.252 euros

Las ayudas, procedentes de la Diputación Provincial, han sido distribuidas desde el Ayuntamiento de Daimiel a familias, sin ningún tipo de ingreso, que tuviesen que hacer frente a necesidades urgentes y de carácter básico. 134 lo solicitaron pero se excluyeron a  68 con nómina. Percibirán 250 euros. Ahora sale la convocatoria para las ayudas de emergencia social y para el ingreso mínimo de solidaridad.
El Ayuntamiento gestiona dos ayudas, de carácter anual, para personas en extrema necesidad. La concejal de Bienestar Social, Cristina Maestre, ha informado al respecto de estas asistencias, requisitos, obligaciones y cuantía. En este sentido ha declarado que 66 familias (sin ningún tipo de ingreso) se benefician de los 16.252 otorgados por la Diputación Provincial para hacer frente a necesidades urgentes y de carácter básico. La prestación asciende a 250 euros. 68 de las 134 solicitantes en total quedaron excluidas por disponer de nómina.

Respecto a las nuevas convocatorias, Maestre manifestaba que la primera de ellas es el Ingreso Mínimo de Solidaridad. Esta prestación económica se destina a familias que carezcan de los medios económicos suficientes para atender las necesidades básicas de la vida. Se dirige a personas entre 25 y 64 años, excepto aquellos que tengan a su cargo a menores o personas con discapacidad.  

Tan sólo es necesario avalar la falta de medios económicos y estar adscrito como demandante de empleo. Es incompatible con pensiones y subsidio por desempleo. La duración es de seis meses, renovables tras un trimestre de interrupción, hasta un máximo de 24 meses. La cuantía será del 60 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional, más un 6,6 por ciento de éste, por cada miembro de la unidad familiar a su cargo. No en vano, exige la participación en planes de inserción administrados a través de los Servicios Sociales.

En cuanto a la segunda, Ayudas de Emergencia Social, Cristina Maestre explicaba que es una prestación económica no periódica, de carácter subvencional para hacer frente a gastos específicos de carácter básico como necesidades alimenticias, de salud y vestido. También los gastos imprescindibles para el equipamiento, uso y mantenimiento de la vivienda habitual, a fin de que se impida el desahucio y el corte de suministros básicos. Queda incluida su adecuación y rehabilitación para alcanzar unos niveles mínimos. Los gastos deberán estar provocados por situaciones excepcionales e irrepetibles.  

Las ayudas se dirigen a personas que puedan acreditar al menos con un año de antelación la residencia en Castilla-La Mancha, que se encuentren en situación de emergencia social, no hayan recibido otras prestaciones similares, carezcan de medios económicos y no dispongan de propiedades, excepto la vivienda habitual. Éstos deberán a su vez aplicar la cuantía adjudicada a la finalidad, presentando justificantes y permitiendo la actuación de los Servicios Sociales.  

El importe se modulará  atendiendo al concepto de la necesidad, al gasto y a la situación económica del solicitante. En ningún caso superará 5 veces el Salario Mínimo Interprofesional. Las Solicitudes se deberán presentar en el Centro Social Polivalente. Segunda Planta, donde se ubican los Servicios Sociales.

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