Arturo Mesa tuvo a su sobrino sin dar de alta en la Seguridad Social durante seis años

Arturo Mesa, en una reciente comparecenciaSegún se desprende de dos recientes sentencias dictadas por el Juzgado de lo Social número 2 de Ciudad Real, el presidente de la CEOE-CEPYME provincial, Arturo Mesa, no cursó durante seis años el alta en la Seguridad Social del contrato de su propio sobrino, Francisco José García Mesa, que trabajó desde diciembre de 2004 en una de sus empresas, Totalprint Castilla-La Mancha. Semanas después de que García advirtiera esta situación y denunciara su contrato, fue objeto de un despido que ha sido declarado improcedente por el Juzgado. Miciudadreal.es te cuenta todos los detalles.

El presidente de la CEOE-CEPYME de Ciudad Real, Arturo Mesa Escalona, no dio de alta en la Seguridad Social a su propio sobrino, Francisco José García Mesa, que desarrolló su actividad laboral durante seis años en Totalprint, una de las numerosas sociedades que posee el máximo representante de los empresarios ciudadrealeños. Semanas después de que García advirtiera la situación y denunciara su contrato, fue objeto de un despido que el juez ha considerado improcedente. Así se desprende de dos recientes sentencias del Juzgado de lo Social número 2 de Ciudad Real a las que ha tenido acceso Miciudadreal.es. En ellas se constata que el empresario llegó incluso a culpar al trabajador de las irregularidades cometidas en relación a las cotizaciones sociales.

Se da la circunstancia de que Arturo Mesa optará mañana viernes a su tercer mandato como presidente de los empresarios ciudadrealeños, ya que, presumiblemente, será reelegido durante la celebración de la Asamblea General de CEOE-CEPYME de Ciudad Real.

La primera de las sentencias, dictada el 15 de febrero de 2010, ha condenado al empresario a abonar a su sobrino 14.400 euros en concepto de salario adeudado, correspondientes a las nóminas comprendidas entre junio y octubre de 2009. La segunda, dictada el pasado 3 de marzo, considera improcedente el despido de que fue objeto el familiar de Mesa después de que éste intentara solucionar extrajudicialmente primero, y denunciara después, las irregularidades en relación a sus salarios y relación contractual. Además, resuelve el contrato que vinculaba a ambas partes, y condena a Arturo Mesa a indemnizar al demandante con 9.418,43 euros y a efectuar el pago de sueldo pendiente hasta esa fecha.

La cantidad total que Mesa debe abonar al demandante asciende hasta la fecha a unos 32.000 euros. Ambos fallos, no obstante, serán recurridos por Totalprint ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Según la relación de hechos que constan en ambas sentencias, Francisco José García Mesa venía prestando servicios para la sociedad demandada desde 1 de diciembre de 2004 con la categoría de director general. El 28 de abril de 2009, y tras consultar el informe de su vida laboral, García comprobó que el empresario nunca cursó su alta en la Tesorería General de la Seguridad Social. De hecho, y aunque la sociedad declaró ante el juez que este “error involuntario” (que podría importar una cantidad aproximada de 40.000 euros) fue subsanado en julio de 2009, lo cierto es que a fecha de 22 de marzo de 2010 no consta el alta en el informe de la vida laboral del trabajador.

Un despacho cerrado

Fue en junio, después de acometer sin éxito la vía extrajudicial, cuando surgieron los problemas entre ambas partes: la sentencia establece como hecho acreditado que “la empresa ha venido abonando el salario con continuos retrasos, siendo a partir de junio cuando ha dejado de abonar salario alguno al demandante”. Fue también en el mismo mes cuando Totalprint (que alegó en el anexo a la demanda de conciliación que todo fue debido a un error involuntario) “dio de alta al trabajador en la Seguridad Social, con efectos a partir de 1 de septiembre de 2006”. Pero a pesar de esta circunstancia, y coincidiendo con el inicio de una baja por incapacidad transitoria del trabajador, “la empresa procedió al cambio de cerradura de la entrada de su puesto de trabajo, así como a la supresión de la línea telefónica que tenía asignada el trabajador, hecho este reconocido en el acto de la vista por el señor Mesa”, estima el juez.

Ante la situación creada por el impago de sus salarios y las actuaciones de la empresa, García presentó el 8 de septiembre de 2009, en el Juzgado de lo Social, una demanda de extinción laboral frente a Totalprint. Y ésta, el 28 de octubre, comunicó mediante burofax la decisión de proceder a la liquidación de la relación laboral alegando como motivo en la carta de despido la sustracción y apropiación de 1.236,80 euros, según recoge el magistrado.

El juzgado ha resuelto el contrato de forma favorable al trabajador, ateniéndose, entre otros factores, a la sucesión cronológica de las acciones, y considerando que los motivos de despido esgrimidos por Mesa no fueron suficientemente acreditados, “no desprendiéndose de los hechos probados con la necesaria nitidez elementos de los que deducir con seguridad que el demandante tuvo intervención activa en un supuesto mal uso de las cantidades referidas”.

Respecto a los salarios, el magistrado ha estimado la demanda interpuesta por García, y ha desestimado las alegaciones de Arturo Mesa, quien pretendía deducir de su pago la cuota obrera resultante de la regularización en la Seguridad Socia de García. El empresario incluso llegó a sostener que el responsable de las irregularidades respecto a las cuotas de la Seguridad Social era el propio trabajador, e incluso solicitaba por ello una indemnización.

Aún así, no hay que olvidar que ambas sentencias serán recurridas por Totalprint ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

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