El Tribunal Superior de Justicia valida la revocación del Comité de Empresa del SCIS

El Sindicato Provincial de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras de Ciudad Real ha dado a conocer el fallo de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que estima el recurso presentado por este sindicato, dando validez a las asambleas revocatorias del Comité de Empresa del Servicio Contra Incendios y Salvamento de Ciudad Real (Emergencia 1006) y al preaviso de Elecciones Sindicales iniciado por esta misma formación sindical.

Según recuerda CCOO, en estas Asambleas celebradas en Junio de 2010, los trabajadores del SCIS decidían la revocación de todos sus representantes, así como de todos sus suplentes, por no ser conforme la composición del Comité de Empresa con la proporcionalidad y el peso de cada uno de los colegios electorales, al haber sido transferida toda la plantilla del servicio médico al SESCAM.

Tras estas asambleas, CCOO formalizó preaviso de EESS, «y a tan solo un día de la votación dichas elecciones fueron suspendidas por decisión de las Mesas Electorales». «El propio SCIS, a través de su Gerente Felipe Espadas -dice el sindicato-, sugirió a las Mesas el aplazamiento temporal de las votaciones, a la vista de la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 3 de los de Ciudad Real, cuyo fallo recogía la nulidad del preaviso presentado por CCOO, por nulidad de las asambleas revocatorias; sentencia que ahora es contradicha por el Superior de Albacete, dando plena validez a lo expresado por los trabajadores del SCIS y a sus deseos de constituir una nueva representación sindical acorde con la plantilla que existía en el momento en que se produjo la revocación».

CCOO «se felicita de la decisión tomada por el TSJ de C-LM, que devuelve el derecho arrebatado a los trabajadores de decidir sobre quienes han de ser sus representantes o desecharlos cuando no atienden a sus intereses».

«Esperamos la misma celeridad por parte de las Mesas Electorales de fijar fecha de votación para el Comité de Empresa, como tuvo a la hora de suspenderla por motivos de cautela y seguridad jurídica, cosa que hasta ahora ha causado el efecto contrario, pues el Consorcio ha negociado y acordado durante los 10 últimos meses con un Comité que ahora se confirma inexistente y por tanto la validez de dichos acuerdos, están en entredicho y los perjudicados son el colectivo de trabajadores y aquellos que han ingresado posteriormente. Igualmente instamos a la Gerencia del SCIS que sugiera a las Mesas continuar con dichas Elecciones Sindicales», concluye el sindicato.

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