CCOO critica que las actuaciones de la jueza del concurso de acreedores del Aeropuerto de Ciudad Real perjudiquen a los trabajadores

Comisiones Obreras ha manifestado su  «estupefacción» ante a las decisiones que toma la Jueza del concurso de acreedores del aeropuerto de Ciudad Real, ya que «únicamente estima las solicitudes de los Administradores Concursales, desestimando todas las alegaciones que se realizan por parte de los representantes de los trabajadores».

«No entendemos – dice el sindicato- , cómo tras admitir la solicitud de cese total de actividad del aeropuerto solicitado por los administradores concursales por un año, y aprobado por la jueza, más tarde y por una variación en las pretensiones de dichos administradores, se aumenta el periodo de cierre del mismo hasta quince meses, aumentando el periodo por el cual los trabajadores de la infraestructura estarán en la calle».

Esta decisión, a juicio de CCOO, supone una contradicción con la que primeramente se tomó por parte de la jueza, que no estimó las alegaciones de este sindicato que indicaban que se había aumentado el periodo solicitado en primera instancia.

«Pero lo más sorprendente de la situación, es que la jueza determina en su auto, que al iniciar el periodo de consultas del nuevo Expediente de Regulación de Empleo, 20 días van a ser suficientes para negociar entre las partes».

Hace unos días, se registraba por parte de este sindicato un escrito, recordando la obligación de notificar al Comité de Empresa la decisión de la jueza para el inicio del periodo de consultas, entendiendo que el mismo debe agotar los plazos máximos establecidos por el art.64 de la Ley Concursal. «Bien, pues sorprendentemente la jueza determina la obligación de negociar en 20 días, eso sí, solicitando negociar de buena fe».

Desde este sindicato «rechazamos las actuaciones que se están llevando a cabo por parte de los administradores y la jueza encargada del concurso, que perjudican una vez más los intereses de los trabajadores del aeropuerto, que no van a disponer del tiempo necesario para negociar un Expediente de Regulación de empleo, que niega la posibilidad de rescindir los contratos a aquellos trabajadores que no deseen continuar su relación laboral con dicha empresa, y asimismo les condena en algunos casos a no poder percibir prestaciones por desempleo que ya han agotado durante el ERE anterior».

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