ADICAE logra que se devuelva el dinero cobrado de más por las cláusulas suelo de Banco CCM

ADICAE ha conseguido una nueva victoria judicial en su lucha contra las «abusivas» cláusulas suelo. En esta ocasión se trata de una sentencia dictada en segunda instancia por la Audiencia Provincial de Cuenca, que ratifica la sentencia lograda por ADICAE en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Cuenca a finales de 2012, en la que se condena a Banco de Castilla La Mancha a anular y devolver el dinero cobrado de más de 27 cláusulas suelo.

En su sentencia la Audiencia analiza la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 9 de mayo, en la que el Alto Tribunal condenaba a BBVA, Novagalicia Banco, Ruralcaja y CajaMar a eliminar sus cláusulas suelo, pero no a devolver el dinero cobrado de más a los afectados. Y la Audiencia Provincial de Cuenca llega a una conclusión muy diferente: si una cláusula suelo es nula lo es desde su inicio y, por lo tanto, Banco de Castilla La Mancha debe devolver el dinero cobrado de más desde que se formalizó el préstamo hipotecario, añadiéndole el interés legal del dinero.

Los afectados incluidos en esta sentencia tenían cláusulas suelo de entre el 2’95% y el 4’50%, con un tipo máximo siempre del 11%. Únicamente existía un contrato en el que el afectado negoció una rebaja de la cláusula suelo, consiguiéndola, pero también se ha procedido a su eliminación ya que la nulidad de la cláusula del primer contrato convierte automáticamente en nula la del segundo contrato firmado por este afectado.

En la sentencia se explica que las cláusulas fueron redactadas unilateralmente por la entidad “antes de la fase de celebración del contrato, con total ausencia de negociación individual, y finalmente, fueron impuestas por la entidad bancaria, lo que supone la exclusión del principio de autonomía de la voluntad en la determinación del contenido del contrato”.

Para que una cláusula suelo sea considerada ilegal no debe haber reciprocidad entre el ‘suelo’ y el ‘techo’, algo que se reconoce en la sentencia, explicando que “se recogen limitaciones, tanto en el tipo mínimo como máximo, cuya falta de proporcionalidad no ha quedado debidamente justificada (…) las cláusulas sometidas son absolutamente
desproporcionadas”.

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2 COMENTARIOS

  1. Las pantallas planas las puso el otro gobierno. Centros por todos sitios de Castilla La Mancha pero sin personal necesario porque de nada me sirve que esté abierto el centro, con su enfermera,…, y el único médico del centro se vaya a hacer una urgencia a una vivienda o a la autovía próxima.

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