Empresarios aclaran que este año no es obligatorio instalar contadores individuales de calefacción

La Asociación Provincial de Empresarios de Siderometalurgia (APES) ha aclarado en nota de prensa que  este año no es obligatorio instalar contadores individuales de calefacción en los bloques de viviendas, tras las últimas informaciones «contradictorias» aparecidas en diferentes medios de comunicación sobre la publicación, el sábado 13 de febrero, del Real Decreto por el que se transpone parcialmente la Directiva Europea 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética.
Radiador
Para APES, única organización empresarial representativa del sector, este texto legal llega «con un gran retraso» y además, ha eliminado todo lo referente a la contabilización individual de consumos, cuya publicación se retrasa para cuando se haya formado el nuevo Gobierno.

Esto se debe, según APES, a que el Gobierno en funciones tiene limitada su actividad al despacho ordinario de los asuntos públicos. «En concreto, toda ley que suponga un impacto social o económico no puede ser aprobada en la actualidad», aclaran los empresarios.

En este caso, el Ministerio de Industria entiende que la obligatoriedad de instalar los contadores individuales, que habría de llevarse a cabo durante el verano, representa un coste importante para el ciudadano.

En cuanto a esta norma recién publicada, que entró en vigor el domingo 14 de febrero, regula los aspectos relativos a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

Esto quiere decir que sigue sin ser obligatorio tener instalados contadores individuales de consumo antes del 1 de enero de 2017. La Ley de Contabilización de Consumos debe ser aprobada por el nuevo Gobierno. «En este sentido, hay que subrayar que por las fechas en las que estamos es probable que cuando salga publicada esta ley, se retrase a una fecha posterior al 1 de enero de 2017 para dar tiempo así a su debido cumplimiento», aclara.

Para APES, «estos hechos deben ser interpretados no como una exclusión definitiva ni como que no va a tener vigencia esta normativa europea, sino como una transposición parcial».

APES destaca que tanto ahora como cuando sea obligatoria, «la instalación de los equipos de contabilización individual de consumos tiene que ser ejecutada por empresas instaladoras habilitadas por la administración; en la mayoría de los casos será preciso una revisión completa de la instalación del edificio».

Relacionados

ESCRIBE UN COMENTARIO

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí


spot_img
spot_img
spot_img
spot_img