Puertollano: Vecinos afectados por el ruido piden que las «terrazas-chilanques» cumplan con la ley antitabaco y el código de circulación

La Asociación de Vecinos Afectados por el Ruido (AVAR) de Puertollano ha remitido un comunicado en el que explica pormenorizadamente las alegaciones a la ordenanza de terrazas que deberá ser debatida de nuevo en el pleno de la corporación después de que «alguien las perdiera» sin que «nadie haya dado explicaciones de lo ocurrido», señala.
terrazas
La asociación subraya el incumplimiento de la normativa de la publicación de las ordenanzas realizada en el Boletín Oficial de la Provincia, y alerta, entre otros aspectos, de la situación de las terrazas en las que se realicen instalaciones desmontables, cubiertas total o parcialmente (casetas, barracas o chilanques), en las que, por estar cerradas, «se debería aplicar la normativa antitabaco».

Además se ha referido al cumplimiento de lo establecido en el Código de Circulación, en particular en lo relativo a la señalización de los obstáculos en la calzada, y propone una normativa en materia de accesibilidad y no discriminación en el uso de los espacios públicos, incluyendo en la ordenanza las anchuras libres de obstáculos de tres metros en los espacios ocupados por terrazas en los que convivan peatones y vehículos.

Comunicado íntegro de la AVAR:

La Asociación de Vecinos “Afectados por el Ruido” registró el pasado 14 de diciembre de 2016 en el Ayuntamiento (nº de registro 201600032660) las alegaciones a la Ordenanza de Terrazas. Al parecer “alguien” las perdió y todavía no han sido debatidas y votadas en el Pleno de la Corporación. Nadie ha dado a la AVAR las necesarias explicaciones de lo ocurrido y de las personas responsables de esta situación, y mientras tanto siguen pasando las semanas.

Por ello y para conocimiento de los ciudadanos resumimos el contenido de estas alegaciones que según nos ha comunicado el Secretario Municipal se votarán en el próximo Pleno.

1. La AVAR cree que la publicación efectuada en el 17 de noviembre en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real es errónea e incumple la normativa pues carece de la necesaria información sobre el órgano que ha aprobado la citada Ordenanza, no especifica si la publicación se corresponde a un proceso de información pública o a cualquier otro tipo de procedimiento administrativo y no indica el plazo al que se somete a información y audiencia de los interesados, ni se señala la forma en la que se deberán realizar reclamaciones o sugerencias por los interesados ello pudiera dar lugar a vicio de nulidad de la citada Ordenanza.

2. LA AVAR comunica el error que supone excluir de la aplicación de la Ordenanza de terrazas a las denominadas terrazas permanentes, sin que los ciudadanos sepamos qué se debe entender por este tipo de terraza lo que produce una notable inseguridad jurídica.

3. La AVAR alerta sobre las terrazas en las que se realicen instalaciones desmontables, cubiertas total o parcialmente y/o cerradas a 4 caras, es decir las casetas, barracas o chilanques que llenan nuestra ciudad y en los que, por estar cerrados se debería aplicar la normativa antitabaco.

Además la AVAR ha solicitado que se establezca una tipología uniforme de materiales, y estética que deberán respetar este tipo de casetas que ocupan nuestras calles tal y como ya ocurre con los kioscos del Paseo, todos con la misma estética, pues con ello sin duda se contribuirá a mejorar la imagen de la ciudad.

4. La AVAR también ha presentado una alegación a la Ordenanza de terrazas que establece que las autorizaciones son renovables sin límite, contraviniendo con ello la ley que establece que las instalaciones provisionales autorizadas en la vía pública (casetas, …,), solo podrán mantenerse durante un plazo máximo de 4 años.

5. LA AVAR también ha presentado una alegación al artículo 18 de esta Ordenanza al objeto de que las casetas que se instalen en la vía pública cumplan lo establecido en el Código de Circulación en particular en lo relativo a la señalización de los obstáculos en la calzada.

6. En este mismo sentido, la AVAR ha solicitado que la Ordenanza recoja el contenido de la normativa en materia de accesibilidad y no discriminación en el uso de los espacios públicos, incluyendo en la ordenanza las anchuras libres de obstáculos de 3 metros en los espacios ocupados por terrazas en los que convivan peatones y vehículos.

7. Finalmente y entre otras alegaciones efectuadas por la AVAR, se ha reclamado al Ayuntamiento que la ordenanza de terrazas recoja que aquellas terrazas sin licencia, o que no hayan efectuado el pago correspondiente sean retiradas de forma inmediata por los servicios municipales. Incluyendo en este supuesto a aquellas que habiendo solicitado el pago fraccionado, no hayan efectuado el segundo pago en el plazo correspondiente.

Por ello desde aquí invitamos a TODOS los vecinos afectados por el Ruido a que acudan a este Pleno el próximo día 23 de febrero, y comprueben “ in situ “ el compromiso de nuestros representantes políticos con este problema que afecta a muchos ciudadanos/as de esta Ciudad.

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