Amnistía Internacional hizo visible en Ciudad Real su oposición a la «Ley Mordaza»

Amnistía Internacional dalió ayer a la calle para hacer visible la oposición de esta organización a la llamada Ley Mordaza, portando los activistas la frase “Yo no me callo” y llamar la atención sobre el análisis presentado por esta organización en España, sobre los dos años de vigencia de la Ley Orgánica de protección de la Seguridad Ciudadana, “España: los activistas sociales y el derecho a la información, en el punto de mira”.
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Amnistía Internacional exige la modificación urgente de esta Ley porque amordaza el ejercicio de los derechos de reunión pacífica, expresión e información. Sólo en 2016, Amnistía Internacional calcula que alrededor de 34.000 sanciones podrían haberse impuesto por el ejercicio de estos derechos.

En este análisis, la organización concluye que esta Ley se está utilizando contra el activismo social y específicamente contra activistas que defienden el derecho a la vivienda obstaculizando su derecho a expresar sus reivindicaciones de manera pacífica.

Además, esta Ley daña el derecho a la información. Las limitaciones a la distribución de imágenes de autoridades o miembros de las fuerzas de seguridad que recoge la LOSC están impidiendo el ejercicio del derecho a la información. Según las estadísticas del Ministerio del Interior, de julio a diciembre de 2015 se impusieron 12 sanciones por este motivo, cantidad que se eleva hasta 32 durante 2016.

El miedo a recibir una sanción por culpa de la amplia discrecionalidad que la LOSC otorga a los miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, se está traduciendo en autocensura para quienes quieren documentar las actuaciones policiales.

Una ley para desmovilizar a la ciudadanía

Muchas personas han transmitido a Amnistía Internacional que actualmente es más complicado salir a la calle a protestar y reclamar derechos. La LOSC ha conseguido amordazar a mucha más gente de la que ha multado. “Las identificaciones masivas llevadas a cabo por la policía durante las manifestaciones o concentraciones, aunque luego no acaben en multas, consiguen que la gente normal y corriente se desmovilice ante el miedo de poder ser multados” comenta Sara López, una de las personas que presta asesoría jurídica en LegalSol. Varias personas también coinciden en señalar que la dificultad intrínseca del procedimiento administrativo sancionador, la presunción de veracidad de la que goza el agente policial en este tipo de procedimientos, los costes añadidos de la asistencia jurídica de letrado y procurador en el caso de recurrir la multa ante los tribunales, el pago de las tasas judiciales, unido con la pérdida de la rebaja en la cuantía de la sanción en caso de no pagarla durante el periodo voluntario, consiguen que al final se opte por pagar la multa, aunque sea una sanción por el legítimo ejercicio de derechos humanos.

Arbitrariedad policial sin rendición de cuentas

Más de 12.000 sanciones de 2016 corresponden a la infracción prevista en el artículo 36.6 de la LOSC que considera grave “la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación”, y se castiga con una multa cuya horquilla es de 601 hasta 30.000 euros. Algunas de las sanciones se han impuesto en el contexto de manifestaciones o actos de protesta, en los que no ha habido ningún tipo de incidente violento o altercado, o en el ejercicio de la libertad de expresión, o por ejercer el derecho de información.

Por otra parte, se han impuesto casi 19.500 sanciones por “faltas de respeto o consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad”. Más allá de lo que pueda ser entendido como “una falta de respeto o consideración”, lo cierto es que este precepto otorga una gran discrecionalidad al agente del orden, ya que la interpretación queda bajo su consideración. Solo en 2016, las faltas de respeto a la autoridad han permitido establecer sanciones con un importe que supera los 3 millones de euros.

“Ante esta situación, el gobierno utiliza un mecanismo opaco de supervisión de la actuación policial que depende del Ministerio del Interior y luego informa a Naciones Unidas que este mecanismo es independiente sin serlo. El aumento de los poderes de la policía sin rendición de cuentas está siendo perjudicial para el disfrute de derechos. El gobierno debe elegir: o modifica esta Ley o sigue violando los derechos humanos”, asegura Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España.

Modificación urgente de esta ley

Amnistía Internacional ha lanzado una campaña en www.actuaconamnistia.org para dar a conocer casos como el de la periodista Cristina Fallarás, multada recientemente con 601 euros por ejercer su derecho de reunión, algo que muestra que sanciones como esta pueden suponer una limitación desproporcionada e ilegítima del derecho de reunión pacífica.

La organización pide que se revise la legislación reguladora del derecho de reunión, y de protección de la seguridad ciudadana; así como sus políticas y prácticas, eliminando aquellos artículos que puedan limitar o interferir de manera desproporcionada en el ejercicio de derechos humanos como la libertad de reunión, expresión e información, como por ejemplo la imposibilidad de la celebración de manifestaciones espontáneas, o las prohibiciones genéricas para celebrar reuniones en ciertos lugares.

Además es necesario incorporar mecanismos independientes de investigación y garantías efectivas de supervisión y de rendición de cuentas de la actividad policial para evitar el uso excesivo de la fuerza o actuaciones arbitrarias de todos los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado.

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