Declarado improcedente el despido de una trabajadora del Ayuntamiento de Puertollano

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Social de Ciudad Real que declara improcedente el despido de una trabajadora del Ayuntamiento de Puertollano y obliga al consistorio a readmitir a la demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones o a indemnizarle con 11.976,16 euros.
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La sentencia del TSJCM, de 10 de mayo de 2018, desestima el recurso de suplicación del Ayuntamiento de Puertollano frente a una sentencia del juzgado ciudadrealeño, de 20 de septiembre de 2017. Esta sentencia estima la demanda de la trabajadora, que venía prestando servicios en el Ayuntamiento como auxiliar de ayuda a domicilio en virtud de varios contratos de trabajo temporales (el primero, acogido a la modalidad de obra o servicio determinado) suscritos sin interrupción de continuidad desde el 22 de junio 2009. La extinción laboral fue comunicada a la demandante el 4 de junio 2017.

Según se indica en la sentencia, consultada por miciudadreal.es, en la resolución del caso ha cobrado especial relevancia la circunstancia de que el Ayuntamiento no compareciera al juicio del juzgado de lo social ciudadrealeño, aunque fue emplazado para el acto, alegando que «no tuvo conocimiento del mismo», por lo que no se le ha permitido aportar la documentación no aportada en la fase probatoria del juicio.

Así, señala al sentencia, los magistrados han rechazado el primer motivo de recurso del Ayuntamiento, interesado en que se declarase la incompetencia del orden jurisdiccional social para juzgar el caso, por entender que la actora habría sido nombrada funcionaria interina mediante decreto de la alcaldía de 29 agosto 2017.

El segundo motivo de recurso rechazado ha sido la alegación, por parte del Consistorio, de que la actora participó en un proceso selectivo por concurso-oposición para su nombramiento como funcionaria interina conforme al artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público, lo que debería llevar a desestimar la demanda por despido ya que no habría existido tal acto de despido, sino conversión de una relación laboral en una vinculación funcionarial aceptada por la actora al haber participado en un concurso-oposición para ocupar plaza de funcionaria interina.

En ambos casos, concluye la sentencia, no concurren ninguno de los supuestos previstos en la ley Reguladora de la Jurisdicción Social, toda vez que la inasistencia al acto del juicio por el Ayuntamiento demandado «le es imputable a él mismo», que los documentos que ahora pretende aportar «extemporáneamente» son anteriores al acto del juicio, y que para el éxito del recurso no bastaría con la mera aportación de los documentos, sino que sería necesario que se hubiesen añadido «los extremos fácticos que pudieran derivarse o deducirse de tales documentos».

Contra la sentencia únicamente cabe recurso de casación para la unificación de doctrina.

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17 COMENTARIOS

  1. Dar gracias que casi la totalidad q despedisteis se fueron como borregos creyendo en falsos cantos de sierna….

    Esto es el psocialismo… y el sindicalismo… utilizar la figura interina como aquel que contrata en negro en su casa a una niñera.

    Qué motiva a un puesto de trabajo de tan larga duración a no crear esa plaza? Es moral, para empezar?? Luego sacamos plazas maxificadas en según qué sercivicios, dejando otros tirados con la excusa del dinero…cuando los dirigentes del cotarro de entonces están siendo juzgados precisamente por causas tan crueles como la malversación.

    Qué casualidad que con todo lo que se les llena la boca de que si la igualdad, el trato a mayores… todas esas causas «sociales» son las que encima menos valor tienen dentro de esas plantillas; excepto las de sectores que les dan el voto, eso si.

    • Nooo todos al nuevo museo a pasar las mañanas y a echar cafelitos…postureo y mientras tanto en las otras concejalías no los busques…

    • No, se acatan todas, querido Jose, yo tengo alguna ganada judicialmente y seguís mandándomela por ejecutiva, con su recarguito y todo.
      Pero uno que está menos despistado, que vosotros, ya se ha encargado de que no os llevéis ni un céntimo.
      “ A ROBAR A LA SIERRA “ jajajajajaajajajKj

    • Carlos preguntale a la letrada que hay de una sentencia en la cual obliga a la administracion local de Puertollano a abonar mas de 550.000 € a SACYR CONSTRUCCIONES SAU.
      SI NO TE SABE CONTESTAR LE PREGUNTAS A MAYTE.

  2. Efectivamente se acatan, faltaría más, pero lo impresentable del caso, es la falta de responsabilidad al no presentar las alegaciones y documentos correspondientes al caso, que el Ayuntamiento está obligado a presentar para su defensa, con su abogado correspondiente.

    Esta desidia, es achacable a algún funcionario en concreto? Si es así, que pague a la Sra. los 12.000€ que marca la sentencia, y veremos, como no se le pasa presentarse ante el Juez para defender al ayuntamiento con la documentación que acredite que el despido fue procedente. Cuando se diera un caso, que el funcionario fuese el responsable, de pagar la minuta, no se volvería a olvidar una cosa semejante.

    Mientras paga el pueblo, pues, viva el vino.

    Esto si que es una desidia, incalificable.

  3. La inasistencia al acto del juicio por el Ayuntamiento demandado “le es imputable a él mismo”.
    Debería seguir el ejemplo de la Ministra de Sanidad, de su mismo partido, la persona responsable del departamento correspondiente, como mínimo,así como pedir responsabilidades ante la incomparecencia del Ayuntamiento al funcionario o funcionarios encargados de dichos temas.
    Luego como nos quieren hacer ver lo blanco en negro, pero que desidia manifiesta en todos los ámbitos por este Ayuntamiento y como siempre las personas que nos representan.
    Esto mismo sucede en algunas concejalías, como dice el Sindicato de Policía Local, han prescrito varias sanciones por no tramitarse a su debido tiempo.
    Ya es hora ante el pasotismo e ineptitud demostrada, si se tuviese un poco de dignidad, dimisión de responsables de tantas incapacidad demostrada por los dirigentes de varios departamentos municipales.

  4. La verdad que leo los comentarios y no hago más que sorprenderme.

    El ayuntamiento, debería asumir responsabilidades de manera contundente ante actos de irresponsabilidad como estos.

    Dicho esto, y como yo sí que verdaderamente tengo ideas de izquierdas y conciencia por la clase trabajadora, tan menospreciada por nuestros políticos….sólo darle la enhorabuena a esa trabajadora y recriminar socialmente el uso fraudulento masivo y generalizado en este país de la figura del interino.

    Por si acaso… he de decir, que la figura general del funcionario debe estar mas vigilada y supervisada, por tod@s aqyell@s trabajafor@s que manchan la imagen del servício público.

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