Todos los puertollaneros inscritos en el censo electoral entrarán en el sorteo de candidatos a miembros del jurado popular

El Ayuntamiento de Puertollano ha expuesto la lista del censo electoral vigente, en cumplimiento de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, como paso previo al sorteo de candidatos que tendrá lugar el 24 de septiembre. En un decreto publicado en el tablón de anuncios del consistorio, se concreta que la exposición pública del censo electoral permanecerá en las dependencias del Servicio de Estadística (primera planta del Ayuntamiento) durante los siete días previos al sorteo.
audiencia
Según establece la Ley del Jurado, las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral efectúan un sorteo por cada provincia, dentro de los quince últimos días del mes de septiembre de los años pares, a fin de establecer la lista bienal de candidatos a jurados.

A tal efecto, los presidentes de las Audiencias Provinciales, con una antelación mínima de tres días a la fecha prevista para el sorteo, determinarán y comunicarán al delegado de aquella oficina el número de candidatos a jurados que estimen necesario obtener por sorteo dentro de la provincia. Dicho número se calculará multiplicando por 50 el número de causas que se prevea vaya a conocer el Tribunal del Jurado, en estimación hecha atendiendo a las enjuiciadas en años anteriores en la respectiva provincia, más su posible incremento.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral enviará la lista de los candidatos a jurados a la respectiva Audiencia Provincial quien la remitirá a los Ayuntamientos y al Boletín Oficial de la provincia correspondiente, para su debida exposición o publicación, respectivamente, durante los quince últimos días del mes de octubre.

Igualmente, en dicho plazo, se procederá por el secretario de la Audiencia Provincial, mediante oficio remitido por correo, a notificar a cada candidato a jurado su inclusión en la referida lista, al tiempo que se le hará entrega de la pertinente documentación en la que se indicarán las causas de incapacidad, incompatibilidad y excusa, y el procedimiento para su alegación.

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