La Audiencia Provincial ampara las manifestaciones de Ciudadanos Puertollano sobre la toxicidad de hornos crematorios

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha revocado un auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Puertollano que acordaba la instrucción de diligencias previas por un presunto delito de calumnias contra el concejal de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Puertollano, Alejandro Llanos, por sus declaraciones, realizadas en el pleno de mayo de 2018, sobre la posible toxicidad de las emisiones de hornos crematorios y su ruego de suspensión cautelar de la actividad de la empresa Servicios Funerarios de Puertollano.

Llanos ha dado a conocer el auto en el trascurso de una rueda de prensa en la que ha mostrado su satisfacción por una resolución judicial que, sostiene, viene a demostrar el fundamento de las manifestaciones de Ciudadanos en el ejercicio «responsable» de la representación pública.

Así, los magistrados han amparado las afirmaciones del concejal de la formación naranja, rechazando el auto del juzgado de primera instancia tras la denuncia inicial de la empresa funeraria y el posterior recurso de Ciudadanos contra el inicio de diligencias.

Según consta en el auto, de 3 de mayo de 2019, la Audiencia Provincial no advierte relevancia penal en las expresiones vertidas por el edil al considerar que lo que puso de manifestó Llanos fue su preocupación “no tanto por el humo o el mal olor” emitidos por el crematorio de la carretera de Almodóvar, sino por las emanaciones de contaminantes que no huelen, concretamente de dioxinas y de furanos, “graves contaminantes medioambientales pues se acumulan en el tejido adiposo de los animales”.

En este sentido los magistrados consideran que Llanos únicamente “ilustró su preocupación con una serie de referencias técnicas y científicas que, ciertamente, no se vinculan exclusivamente a este tanatorio, sino al problema de contaminación que, según los estudios que se citan por el propio edil, se producen por las emisiones mencionadas en los entornos de los crematorios”.

El auto de la Audiencia, contra el que no cabe recurso, contextualiza las declaraciones de Llanos en precedentes jurídicos e informativos, especialmente en relación con el contencioso existente entre parte de los vecinos, por un lado, y el consistorio y la empresa Servicios Funerarios de Puertollano, por cuenta de la licencia municipal que autoriza el horno crematorio. Este contencioso fue resuelto en primera instancia a favor de los vecinos en el Juzgado de Ciudad Real y está pendiente de resolución de recurso por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Además, la Audiencia alude a las quejas de vecinos de la barriada de Ciudad Jardín y Urbanización el Olivo expresando su malestar por las emanaciones procedentes de la chimenea del crematorio. “De ahí que el problema de las emisiones y su negativa incidencia sobre la salud de los vecinos se presente al concejal como de tal relevancia como para solicitar, en vista de que la solución del contencioso se retrasa, la suspensión cautelar de la actividad crematoria”, remacha la Audiencia. 

De este modo, los magistrados concluyen que las expresiones vertidas por Alejandro Llanos no merecen reproche penal “pues ni aun de forma indiciaria se advierten concurrentes los elementos típicos del delito que se le atribuye”.

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10 COMENTARIOS

  1. El día que se conozcan los intereses y cambalaches políticos que acompañaron a la construcción de ese tanatorio se entenderá porqué se permite que sigan gaseando a los vecinos como lo están haciendo.

  2. Pregunto, desde la ignorancia, teniendo la refinería al lado y la fábrica de fertilizantes, el problema son las dioxinas y furanos de un crematorio que…cuántos cadáveres quema a la hora?

    Ahí lo dejo…porque me parece que Puertollano tiene problemas ambientales más relevantes.

    Dicho esto siempre desde el respeto a la normativa sobre emisiones a la atmósfera. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

    • Si te parece tan bien, que te pongan a tí una chimemea a menos de 100 metros de tu balcon y a la misma altura. Cuando duermas en verano con la ventana abierta y te entre olor a chamusquina de cadaver en la habitación a la una de la mañana me cuentas.

    • Pues que te lo ponga en tu casa, que por lo que se ve que unos humos de mas en tu casa no pasaría nada al revés tan contento, eres un demagogo guarrera.

  3. Todos sabemos que este tipo de instalación es un problema en las ciudades. Se trata de compaginar bien las exigencias ambientales y urbanísticas…..

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