El personal empleado público de Administración General que realiza funciones de atención directa al público se reincorporará el día 1 de junio a sus centros de trabajo

El personal empleado público de Administración General que realiza funciones de atención directa al público se reincorporará a sus centros de trabajo el próximo lunes, 1 de junio, tras haberse autorizado por la Consejería de Sanidad el acceso de la población a los edificios, instalaciones y dependencias del sector público desde ese día.

Así queda establecido en una resolución de la Dirección General de Función Pública, dependiente de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, fechada hoy mismo.

La Dirección General de Función Pública ya dictó otra resolución el pasado 10 de mayo en la que se establecían las medidas de carácter organizativo y preventivo que debían regir la reincorporación del personal empleado público de Administración General a los centros de trabajo, un proceso que tiene como objetivos principales proteger la salud de los trabajadores y evitar contagios por COVID-19.

El anexo de esta resolución recogía que el personal que contara con despacho individual sería el primero en volver, al hacerlo al día siguiente de la entrada de la provincia en la fase 1 del plan para la transición hacia la nueva normalidad; a la semana siguiente lo harían los empleados púbicos que compartieran despachos o salas y, posteriormente, lo harían aquellos que realizaran tareas de atención directa al público, que se reincorporarían cuando la Consejería de Sanidad autorizara el acceso de la población a los edificios, instalaciones y dependencias del sector público.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado hoy una resolución de la Consejería de Sanidad en la que se fija que desde el día 1 de junio se abrirán a la ciudadanía los edificios, instalaciones y dependencias de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Por lo tanto, tal como se recogía en la resolución de 10 de mayo de la Dirección General de Función Pública, los empleados públicos de atención directa al público se reincorporarán a sus centros de trabajo ese día.

Como para el resto de empleados públicos que ya se han incorporado a sus centros de trabajo, esta planificación genérica cuenta con excepciones dependiendo de las diferentes circunstancias que tenga el personal, como puede ser tener a su cargo menores de 14 años o mayores dependientes afectados por el cierre de los centros de día, servicios de promoción de la autonomía personal, centros ocupacionales, de capacitación y de atención temprana a personas con discapacidad.

Además, el personal que presta servicios en centros cerrados volverá cuando la autoridad sanitaria determine la apertura de los mismos, aunque podrá acordarse la incorporación de personal imprescindible para realizar tareas administrativas preparatorias, de limpieza o de acondicionamiento. También se tienen en cuenta las circunstancias particulares de los colectivos clasificados como grupos vulnerables.

Desde la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas se agradece al personal empleado público de Administración General el trabajo que viene desarrollando en estas circunstancias excepcionales, lo que refleja su vocación de servicio público a la ciudadanía.

Se priorizará la atención telefónica y telemática en la atención directa al público

La resolución que acaba de dictar la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas explicita que la reincorporación del personal de atención directa al público se realizará de acuerdo a las medidas preventivas y organizativas fijadas tanto en la anterior resolución de la Dirección General de Función Pública como en la de hoy de la Consejería de Sanidad.

Así, cabe recordar que la autoridad sanitaria competente establece que se priorizará la atención telefónica y telemática en la atención directa al público, pudiéndose establecer sistemas de cita previa, siempre que sea posible.

Además, se deberá poner tanto a disposición del personal empleado público como de la ciudadanía geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos.

Por su parte, la citada resolución de la Dirección General de Función Pública ya recogía que en los centros de trabajo en los que se prestara atención directa al público se aseguraría la protección de los empleados públicos y usuarios con la disposición de barreras físicas y el refuerzo de las medidas higiénicas de la mampara, mostrador o mesa. 

Además, con carácter general determinaba que, a fin de evitar aglomeraciones en las horas de entrada y salida, se podría establecer la flexibilización de la jornada laboral, autorizar la distribución de la jornada diaria de trabajo o reorganizar los turnos de trabajo.

En línea con la ‘Guía de buenas prácticas en los centros de trabajo’ del Ministerio de Sanidad, la resolución de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas también establecía entre las principales medidas que han debido adoptarse en los centros de trabajo respetar el distanciamiento social de dos metros, cuidar la higiene de manos, facilitar la información sobre el correcto lavado y desinfección de las manos, seguir las normas de etiqueta respiratoria, habilitar un sentido de entrada y otro de salida en el acceso a los centros de trabajo y continuar con el fichaje mediante el ordenador de cada usuario.

Además, se deben ventilar periódicamente las dependencias; adecuar la gestión de residuos; extremar la limpieza y desinfección de los centros de trabajo, prestando especial atención a las zonas, elementos y equipos comunes, y limitar, una vez que se proceda a su apertura, el aforo de cafeterías y áreas de venta automática, así como el de los ascensores.

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