Argamasilla de Calatrava inicia el expediente para la declaración BIC de la torre del telégrafo óptico

El Pleno del Ayuntamiento de Argamasilla ha aprobado este lunes 29 de marzo, con la unanimidad de todos sus grupos políticos municipales, el expediente por el que se va a solicitar al Gobierno de Castilla-La Mancha la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC), la torre del telégrafo óptico que en el siglo XIX unía Madrid con la costa andaluza.

Ubicada en Sierra Gorda, haciendo de enlace entre las de Puertollano y Cañada de Calatrava, se trata de una de tantas torres fortificadas que diseñó José María Mathé, coronel de Estado Mayor cuando la Real Orden de 1 de marzo de 1844 daba luz verde a la telegrafía óptica en España, habilitándose tres líneas con centro en la capital del país.

De la línea andaluza formaba parte la torre rabanera, L3_25 según nomenclatura oficial, que sigue el patrón arquitectónico de doble cuerpo y tres pisos de altura de casi seis metros. El piso inferior contaba con aspilleras para su defensa; el de por encima se reservaba como zona de guardias; y el último albergaba el telégrafo óptico.

Si bien su estado actual de conservación es deficiente, ya que se ha perdido la mitad superior del edificio, “nuestro objetivo como Ayuntamiento es por lo pronto establecer un área de protección para, más adelante, contribuir a la recuperación de su estructura y que sea, en todo caso, otro atractivo para el turismo y la investigación”.

Así lo refiere el teniente de alcalde Jesús Ruiz, quien ha agradecido al resto de la Corporación su “sensibilidad a la hora de procurar con esta figura BIC la preservación del patrimonio histórico que mantiene nuestro municipio y que viene a trazar el relato de la trayectoria vital de Argamasilla de Calatrava a lo largo de los siglos”.

Otros datos de interés es que esta planta de estructura cuadrangular de 6,20 por 5,80 metros, se ubica sobre una loma que domina el entorno y ofrece buena visibilidad especialmente al sur y al oeste, en una zona de explotación agropecuaria y al protegerse su entorno inmediato en 200 metros alrededor se preservan más restos materiales.

El término municipal permanece íntegro

Además, durante la sesión plenaria se ha ratificado el acta adicional propuesta por el Centro Nacional de Información para reconocer la línea límite del término municipal de Argamasilla de Calatrava y Puertollano, que se mantiene inalterado con respecto a la establecida por el Instituto Geométrico el 10 de mayo de 1965.

Los trabajos topográficos de replanteo sobre el terreno de esta línea límite realizados por los topógrafos que han propuesto dicha acta se realizaba entre los meses de febrero y agosto de 2020, dentro del proyecto para la recuperación y mejora geométrica de las líneas límite jurisdiccionales de términos municipales de Castilla-La Mancha 2017-2020.

Asimismo, durante la sesión, en la que la Corporación municipal ha abordado una declaración institucional en torno al 8M o la solicitud de gestión directa del servicio público de TDT, se ha tomado también en consideración una moción de IU que viene a complementar las ayudas municipales por la Covid-19.

Nuevas medidas para familias con merma de ingresos

Aprobada por unanimidad, esta propuesta viene a implementar una convocatoria de ayudas al pago del IBI de la vivienda habitual para unidades familiares que hayan visto descender sus ingresos globales del año 2019 al 2020, en línea con la línea que en este sentido ya venía desarrollando el Consistorio rabanero.

Así, ya estaban vigente desde el inicio del presente año una rebaja en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) entre quienes ya tenían condiciones económicas al haber aminorado sus ingresos principalmente por haber quedado en situación de desempleo, así como facilidades como fraccionar su pago en voluntaria sin intereses de demora.

Cabe recordar además la bonificación de hasta el 25% para familias numerosas que posean una vivienda con un valor catastral hasta 90.000 euros y del 50% en la cuota íntegra del impuesto para los inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica.

El mismo porcentaje de la cuota íntegra del impuesto, durante los cuatro períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación, para aquellos inmuebles de naturaleza urbana, como residencia habitual, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.

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