Puertollano: La corporación rechaza el recurso contra la licitación del Chiringuito al considerar «pulcro» el procedimiento

El Pleno de la corporación municipal de Puertollano ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por Fuente Agria Hostelería SL contra la concesión de la explotación del chiringuito del Paseo de San Gregorio.

El concejal de hacienda, Félix Calle, defendió que el procedimiento se ha hecho conforme a la legalidad vigente avalado por un informe técnico que «desmiente» cada una de las irregularidades presentadas en el recurso de reposición, que en todo caso debería haberse planteado ante el Pleno y no en la mesa de contratación. “No obstante lo hemos admitido”, ha aclarado.

Calle apeló a la transparencia del equipo de gobierno en cada una de las licitaciones, con competencia e igualdad para todas las empresas. “Las mesas de contratación son una actividad casi reglada y no tenemos potestad política para decir quien sí o quien no se queda con una licitación”.

En los mismos términos se han expresado el resto de grupos políticos de oposición, que han defendido un procedimiento de licitación que consideran impecable y pulcro, que cumple minuciosamente con todos los requerimientos legales y cuenta con el respaldo de los informes técnicos y jurídicos.

Director de Desarrollo Urbano Sostenible

Por otra parte, el Pleno de la Corporación ha aprobado la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento para incluir el puesto de trabajo de director de desarrollo urbano sostenible, que ejercerá las funciones de dirección, impulso, coordinación y seguimiento de los servicios de urbanismo del Ayuntamiento, así como dar soporte al equipo de gobierno en asuntos de especial trascendencia en la ciudad.

La medida, apoyada también por Ciudadanos, no ha sido bien acogida por los grupos del PP, Vox e Íber, que consideran innecesario un puesto que, a su juicio, duplica funciones, no se adapta a la organización municipal y no cuenta con el acuerdo en el seno de a mesa general de negociación.

Inadmisión del recurso contra la resolución del programa urbanizador del Abulagar

Además, el Pleno ha declarado la inadmisión del recurso planteado por haber transcurrido el plazo para su interposición contra el acuerdo del 23 de enero de 2020 de resolución de la adjudicación del programa de actuación urbanizadora del Sector IV ”El Abulagar“.

Aumenta a seis meses del procedimiento sancionador de terrazas

El Pleno ha aprobado la modificación parcial de la Ordenanza Municipal Reguladora de la instalación de terrazas y elementos auxiliares en terrenos de uso público.

Con esta enmienda el plazo para resolver y notificar un procedimiento sancionador por la comisión de infracciones a la presente ordenanza será de seis meses, a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación.”

Para la imposición de las sanciones requerirá  la previa incoación e instrucción del procedimiento correspondiente, el cual se sustanciará con arreglo a lo dispuesto en la vigente Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normas de desarrollo.

 El acuerdo de iniciación podrá ordenar la adopción de medidas provisionales que resulten necesarias para garantizar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, tales como la retirada de las instalaciones ilegales o la suspensión de su funcionamiento.

Cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará reducciones del 20 % sobre el importe de la sanción propuesta en infracciones leves, del 30% en graves y del 40% en muy graves, siendo éstos acumulables entre sí.

Actualización de la subvención al servicio urbano de autobuses

Asimismo el Pleno ha acordado actualizar el techo máximo de subvención al déficit al transporte colectivo urbano de viajeros para el ejercicio 2020 en la cantidad de 916.892,63 euros, resultado de la bajada del IPC del ejercicio 2020, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento de 17 de diciembre de 2014, por el que se acordaban las condiciones del contrato del servicio público de transporte urbano de viajero en autobús regular de uso general.

Tasa de derechos de examen de opositores

Además se ha aprobado provisionalmente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen. Las cuotas a satisfacer por cada uno de los opositores se fijan en función a la plaza a cubrir, de 41,62 euros de grupo A1 y A2, 26,01 de C1, 15,61 de C2 y 10,4 del E.

Estarán exentos del abono de la tasa aquellos aspirantes que tengan la condición legal de demandantes de empleo, y no perciban prestación ni subsidio, excluyéndose a aquellos que se encuentran en mejora de empleo, durante al menos un mes antes de la fecha de presentación de solicitudes y hasta la presentación de la solicitud correspondiente. Para tener derecho a la exención, deberán acreditar tal situación mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo.

El concejal de hacienda, Félix Calle, argumentó que las convocatorias de empleo público que se realicen conllevan la prestación de un servicio por parte del Ayuntamiento. “Se ha tomado en consideración aquellos costes que tienen relación directa y en cualquier caso los ingresos obtenidos por la aplicación de la tasa por derecho a examen, en función del grupo al que pertenezca la plaza objeto de la convocatoria, serán inferiores a estos costes.

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