La DGT presenta en Ciudad Real los nuevos límites de velocidad en vías urbanas

La subdelegada del Gobierno en Ciudad Real, Mª Ángeles Herreros, la jefa provincial de Tráfico, Raquel García, y el concejal de Movilidad del Ayuntamiento de Ciudad Real, David Serrano, han informado del cambio en la normativa de circulación.

Esta medida está alineada con la Agenda 2030 y pretende un calmado de las calles y convertir las ciudades en espacios más seguros, reduciendo el riesgo de sufrir un accidente y la gravedad del mismo.

Los motivos que llevan a implantar esta medida, han sido por tanto:

•La demanda de los ayuntamientos para tener un paraguas legal normativo y poder aplicar los 30 km/h en sus localidades.

•En 2019, los fallecidos en accidente de tráfico en las ciudades aumentaron un 6%, mientras que en las vías interurbanas se redujeron un 6%.

•El 82% de los fallecidos en ciudades en 2019 fueron usuarios vulnerables, es decir, peatones, ciclistas y motoristas.

•Se reduce un 80% el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello. Si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h, el riesgo es de un 10%; si la velocidad es a 50 km/h, ese riesgo de fallecimiento se eleva al 90%.

Los límites a partir del 11 de mayo

El artículo 50 del Reglamento General de Circulación es el que entra en vigor hoy 11 de mayo y establece los nuevos límites genéricos de velocidad en las vías urbanas y travesías:

•20 kilómetros por hora. Velocidad máxima permitida en calles que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

•30 kilómetros por hora. Límite genérico de velocidad destinado a las calles que tienen un único carril por sentido de circulación.

•50 kilómetros por hora. Es la velocidad genérica existente en la actualidad en los cascos urbanos. ( A partir del 11 de mayo ese límite se aplicará en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación.)

•Travesías. El límite máximo de velocidad en las travesías será de 50 kilómetros por hora para todo tipo de vehículos. Ese límite podrá ser rebajado por acuerdo de las autoridades municipales con el organismo titular de la carretera que atraviesa el término municipal.

•Autovías en poblado. El límite será de 80 por hora. Es la velocidad genérica establecida para los tramos de autovías y autopistas que discurren por zonas urbanas. El límite podrá ser ampliado, previo acuerdo con el titular de la vía.

En palabras de María Ángeles Herreros, “la experiencia demuestra que la reducción de la velocidad tiene un efecto directo en la reducción de la siniestralidad de los más vulnerables; peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de ciclomotor y no viene a suponer sin embargo una ralentización del tráfico, ya que los vehículos a motor en sus desplazamientos urbanos en el centro de las localidades no superan velocidades medias superiores a los 20 km/h”.

Para Raquel García, “la reforma de los límites de circulación en los cascos urbanos era una asignatura pendiente para la Dirección General de Tráfico”. Añade, además, que  “en un atropello a 50 kilómetros por hora, el riesgo de fallecimiento de la persona atropellada se eleva al 90%, mientras que a 30 kilómetros por hora, el riesgo para que el resultado sea de fallecimiento se reduce al 10%”, por tanto “reducir los límites máximos de velocidad en los tramos urbanos es un instrumento muy eficaz de seguridad vial urbana, y es además fácil, barato y menos contaminante”.

En base a esto se modifican los límites genéricos de velocidad en vías urbanas, “con lo que se ejecuta así una de las mayores transformaciones del tráfico en las ciudades unida a la cada vez mayor proliferación de los vehículos de movilidad personal”, según David Serrano. 

La reforma del Reglamento General de Circulación que se aprobó el pasado mes de noviembre daba seis meses de plazo para implantar las nuevas velocidades en las vías urbanas, y así se comunicó a todos los ayuntamientos.

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