Comunicado sobre la ruptura del régimen común estatal de los secretarios, interventores y tesoreros de la administración local

Juan Ramón Galán Arcos. Presidente del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Ciudad Real.-El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022, actualmente en tramitación en el Senado, recoge para sorpresa de los operadores jurídicos locales,  la modificación de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto se refiere a la regulación única por  y para todo el Estado,  del Régimen legal de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; los conocidos como Secretarios, Interventores y Tesoreros de los Ayuntamientos, Diputaciones y otras Entidades Locales.

A través de su Disposición Final Primera, el Proyecto de Ley traslada solo para el ámbito  del País Vasco la práctica totalidad de competencias sobre esta Escala de Funcionarios, que hasta hoy reservaba el Estado con criterio de unidad y uniformidad en toda su geografía.

En la estructura territorial que deriva de la Constitución Española de 1978,   los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional con plaza en todos y cada uno de los municipios y Diputaciones españolas;  y especialidades de acuerdo a las diferentes subescalas que los agrupan en el control de la legalidad de los actos administrativos, el control y fiscalización de las cuentas públicas, y la gestión y control financiero y recaudación de los fondos; se han consolidado  como hicieran con más o menos altibajos sus figuras precedentes desde la Constitución de 1812,  y en progresiva firmeza a partir del estatuto de Calvo Sotelo de 1924, como palanca  modernizadora de la Administración Local española,  uso de la racionalización  burocrática en esa lid  y  defensa de la Ley frente al favoritismo y la corrupción como lastres en el  desarrollo económico y social de nuestro país.

Resulta incuestionable que la cimentación del sistema democrático en los pueblos y ciudades españolas desde 1978 ha contado con la aportación no suficientemente valorada, de un conjunto de Funcionarios del más alto nivel como son los Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local;  y sirva como muestra en tan meritoria labor el último decenio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,  donde sobre sus espaldas ha recaído el exhaustivo control de las reglas fiscales  garantes de un camino de saneamiento financiero sin precedentes en la historia reciente, y que en comparación con el resto de Administraciones Públicas ha resultado ejemplar y paradigmático.

El proyecto de Ley en tramitación parlamentaria, ha desatado en el colectivo representado por los Colegios Provinciales, Los Consejos Autonómicos y el Consejo General Estatal, un profundo descontento al implicar un innecesario paso atrás en el régimen jurídico particular y común estatal construido precisamente para garantizar una base de control igual en todos sus territorios, de idéntico calibre, independencia y profesionalidad.

La Secretarios, Interventores y Tesoreros son (somos) Funcionarios esenciales en las garantías de igualdad para los territorios y sus ciudadanos; y en las legales de la acción político-administrativa pública, y debieran por ello contar con el amparo Estatal, sin distinciones territoriales, en esa importante función desarrollada en pro del interés general. No cabe otro camino lógico.

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