Puertollano: El Tribunal Administrativo da luz verde a la adjudicación de la ayuda a domicilio a personas mayores

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha resuelto levantar la suspensión de la adjudicación del servicio de ayuda a domicilio a personas mayores de Puertollano a la empresa Servicios Asistenciales a la Comunidad-España SL, toda vez que ha desestimado el recurso presentado por la empresa MACROSAD, S.C.A., que entendía que esta adjudicación es contraria a Derecho.

La resolución del Tribunal Administrativo Central, de 10 de diciembre de 2021, da la razón al órgano de contratación frente a las pretensiones de la recurrente, que defendía que pudo producirse un error en el criterio de oferta económica tomado como referencia en la mesa de contratación.

Ahora, el tribunal zanja la cuestión señalando que, siendo admisible solicitar aclaraciones respecto de las ofertas técnicas o económicas, debe considerarse que ese ejercicio tiene como límite que la aclaración no puede suponer una modificación de los términos de la oferta, bien por variar su sentido inicial, bien por incorporar otros inicialmente no previstos. «Lo decisivo es, pues, que la aclaración no propicie el otorgamiento de un trato de favor a un interesado en detrimento de los demás licitadores, en el sentido de que diera lugar a que aquél, después de conocer el contenido de las otras ofertas, pudiera alterar la proposición inicialmente formulada», sostiene.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Puertollano adjudicó el pasado 20 de octubre a la empresa Servicios Asistenciales a la Comunidad SL el contrato del servicio de ayuda a domicilio a personas mayores, mediante procedimiento abierto, por un importe de 722.382 euros por dos años de duración de contrato.

La empresa MACROSAD, S.C.A presentó el recurso contra este acuerdo, que la excluía del procedimiento. A juicio de los recurrentes, ha pudo producirse un error en el criterio de oferta económica tomado como referencia en la mesa de contratación, por lo que la propuesta de la empresa, 532.227, IVA incluido, así como el precio/hora, 16,21 euros, no serían inferiores a los marcados por el convenio suscrito con la Junta de Comunidades de Castilla–La Mancha y, por tanto, la exclusión no se encontraría fundamentada.

Además, la recurrente esgrimía que la Mesa de Contratación no cursó solicitud de petición de aclaración de la oferta económica, perjudicando indebidamente a la concurrente.

El servicio de ayuda a domicilio está siendo prestado de forma directa por el propio consistorio mediante 13 trabajadoras contratadas como personal laboral. El Ayuntamiento decidió privatizar esta gestión, previendo la subrogación del personal.

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