El TSJCM obliga a corregir a la Junta y los usuarios que ingresen en residencias con PDIA negativa no harán cuarentena

El Gobierno de Castilla-La Mancha, tras dictar auto la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, se ha visto obligado a rectificar una de las medidas adoptadas para frenar el COVID-19 en centros, servicios y establecimientos de servicios sociales de tal manera que las personas que ingresen de nuevo o reingresen en el centro con una PDIA negativa no permanecerán en cuarentena durante cinco días.

Así consta en la resolución de la Consejería de Sanidad que publica en su edición de este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Según recoge Europa Press, esta nueva decisión de Sanidad corrige a la adoptada el pasado viernes, y que era publicada en el DOCM de este martes.

Mediante el auto número 14/2022 de este pasado lunes, de 17 de enero la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La ha denegado que todas las personas que ingresen de nuevo o reingresen en el centro y tuvieran una PDIA negativa en el momento del ingreso permanecerán en cuarentena durante cinco días, realizándose una nueva PDIA al finalizar la cuarentena.

Por ello, el departamento que dirige Jesús Fernández Sanz ha suprimido este punto, de tal modo que esta modificación entrará en vigor este mismo miércoles.

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2 COMENTARIOS

  1. Se están tomando decisiones arbitrarias por parte de la Administración que restringen derechos y libertades de las personas sin justificación científica. Esto ya no va de control sanitario. Nos encaminamos a un régimen totalitario con ataques y descrédito de la Democracia liberal y del Estado de Derecho.

    Esto es ya una puta vergüenza. Tenemos los políticos que quiere ya una minoría de la sociedad. Urgen nuevas elecciones y presión en las calles.

    Ya sabemos por qué se desencadenó la guerra civil.

    Querían una dictadura del proletariado, hoy del progretariado.

  2. Se han ratificado las medidas que afectaban a los derechos
    fundamentales con excepción de la contenida en el punto 4º del apartado b) del resuelvo Tercero……

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