Los denunciantes de las oposiciones a bombero en Ciudad Real insisten en presuntas irregularidades y acuden a contencioso para anular el proceso

Los dos denunciantes y miembros del Tribunal Calificador de las oposiciones de acceso a 26 plazas de bombero en el Consorcio del Servicio Contra Incendios y Salvamento de Ciudad Real (SCIS), delegados del sindicato CCOO, han decidido denunciar el proceso ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real, para la anulación o nulidad de estas oposiciones, tras el archivo del caso por parte de la Fiscalía.

En un comunicado, los denunciantes insisten en que han observado «una cierta incongruencia, en el análisis de los tres presuntos delitos de los que se ha tratado».

Según el sindicato, sobre el delito de infidelidad en la custodia de documentos, se refiere el fiscal al hecho que él mismo recoge con detalle en su propio escrito y que consistió en que el gerente del Consorcio abrió por su cuenta y riesgo las plicas de los ejercicios del examen, sin la presencia de los otros cuatro miembros del Tribunal Calificador, entre ellos, los dos denunciantes; «plicas que tenían la finalidad de garantizar el anonimato en la corrección del ejercicio, y que quedó así, completamente roto por parte del gerente», subrayan los denunciantes.

Las mismas fuentes subrayan que sobre esto dice el fiscal: “sin que conste protesta alguna sobre la forma en la que se llevó a cabo el escáner de los documentos”, pero también dice el Fiscal que: “acordando reclamar del SCIS de Ciudad Real, el expediente administrativo íntegro, incluidos los posibles recursos de alzada que se hayan interpuesto durante su desarrollo”.

«Y resulta además, que esa apertura prematura de las plicas ha sido objeto de un recurso administrativo singularizado. Por tanto, no se comprende como el Fiscal, sobre este mismo hecho, nos dice por un lado que no consta protesta del denunciante; y por el otro lado, que ha reclamado (y suponemos que recibido) el expediente íntegro con los recursos administrativos; estando uno de esos recursos dirigido precisamente contra ese hecho denunciado de la prematura apertura de plicas y ruptura del anonimato de los opositores ante la corrección del examen», insiste el sindicato.

«Nada dice el fiscal», prosigue, «sobre las maniobras que se denuncian en las medidas de las marcas del examen del ejercicio físico; que la denuncia insiste en que se ha ido a peor; pues en la última oposición a bomberos del año 2018, primó la transparencia en la realización de las pruebas físicas, que se realizaban a la vista de todas las personas presentes en la instalación deportiva, con la participación de jueces de las distintas federaciones deportivas, y con la utilización de pantallas y cronómetros a la vista de todas las personas, se podía realizar junto con los miembros del Tribunal Calificador el seguimiento y marcas de las distintas pruebas».

Según el relato de los denunciantes, «ahora en estas pruebas del año 2022, premeditadamente se ha dado un giro contrario para favorecer la inseguridad y el ocultamiento de las marcas. Cada marca era recogida por un empleado de una empresa contratada, con el uso de su móvil personal o bien con su cinta métrica sin ninguna referencia métrica en el foso de salto, y sin ningún otro contraste público, la borraban acto seguido y cantada de viva voz, el Secretario la apuntaba en su libreta».

«¿Por qué contrató el SCIS a una empresa amiga en lugar de pedir la colaboración a las federaciones deportivas para que fueran sus jueces y sus instrumentales homologados de medición los que controlaran las marcas de los opositores en sus ejercicios físicos; tal y cómo se venía haciendo hasta ahora en las oposiciones anteriores?», se preguntan.

En este contexto sostienen que «no cita el fiscal que fruto de esa forma de medir torticera, a los denunciantes les llamó poderosamente la atención que el hijo de un relevante cargo político del PSOE de Manzanares, de donde es alcalde el presidente del Consorcio, obtuviera 9,98 en prueba de trepa, cuando el límite para aprobar estaba en 10 segundos; es decir, aprobado por dos centésimas, que con un solo crono y utilizado manualmente es imposible medir con esa exactitud. Y el mismo opositor en la prueba de salto de longitud obtuvo 2,20 metros, cuando el límite del aprobado estaba justamente en 2,20 metros».

«Resulta muy extraño el hecho que en esa trepa y en ese salto resultara aprobado ese opositor; cuando se acercaron los denunciantes al juez contratado por el SCIS para comprobar la marca, ya había desaparecido del móvil o había sido borrada la señal de caída en el foso».

El sindicato destaca que tampoco cita el fiscal el hecho denunciado que figura en el anuncio del SCIS de fecha 7 de julio realizado en su página web, donde se publicaban las calificaciones del segundo ejercicio donde dice sobre este examen de contenido psicotécnico, textualmente que «no se ha procedido a la apertura de plicas toda vez que todos/as los aspirantes han resultado aptos». Pero en la denuncia, prosiguen los denunciantes, se incide en que eso es “inveraz”; que tales sobres están realmente abiertos, cómo se puede ver; y que con solo los votos del presidente y gerente, dieron el aprobado general en este segundo ejercicio de la oposición, «precisamente, para salvar a ciertos opositores, que no podían ser salvados bajo ningún criterio objetivo o aritmético».

«Nos sorprende que la Fiscalía no haya advertido este evidente extremo que como decimos contiene una afirmación falsa del SCIS y el voto contrario de los otros tres miembros del Tribunal», aseveran.

«Por último, nos indica el fiscal en referencia a otros hechos denunciados tales como la entrega de las 100 preguntas tipo test a una empresa privada para ser fotocopiadas, empresa que tuvo las preguntas desde un día antes de la realización del ejercicio; o maniobras en el segundo ejercicio psicotécnico para hacer valer una mayoría inexistente del propio Tribunal Calificador, que nuestro escrito de denuncia contiene ciertos extremos en donde resulta genérica; y como tal calificación del fiscal, al parecer de los denunciantes es razonable en parte, es por lo que justamente les anima y les hace retomar a los denunciantes su acción judicial mejorando su relato de hechos», concluye.

La Fiscalía niega prevariación

La Fiscalía de Ciudad Real, con la firma del fiscal jefe, Luis Huete, archivó con fecha 13 de enero la denuncia presentada por dos delegados sindicales de CCOO a cuenta del concurso oposición promovido por el Consorcio contra Incendios y Salvamento (SCIS) de la provincia.

Este pronunciamiento llegó después de que el pasado día 2 de enero CCOO, tal y como informó en su día en nota de prensa, informara de que se abrían diligencias contra este organismo, aclarando que los denunciantes eran dos miembros del Tribunal Calificador de las oposiciones de acceso a 26 plazas de bombero en propio consorcio.

Estos dos miembros impugnaban de esta forma las actuaciones del propio Tribunal de la oposición de la que ellos eran miembros, si bien con carácter previo a la denuncia penal ante la Fiscalía, se recurrieron las decisiones del tribunal calificador adoptadas por mayoría de tres votos contra los votos de los mismos denunciantes.

De los cinco miembros del Tribunal Calificador, Roldán y Prieto son de profesión bomberos con antigüedad de 35 años con plaza y puesto de trabajo fijo. Los otros tres miembros del Tribunal de la Oposición no denunciantes, son el Gerente del Consorcio, el Secretario del Ayuntamiento de Ballesteros de Calatrava y el Jefe del Parque de bomberos de Ciudad Real, a quienes los denunciantes «ocasionaron enorme inseguridad jurídica en este proceso», según CCOO.

En los fundamentos de derecho, el fiscal entiende que resultaría preciso identificar la resolución arbitraria argumentada por los denunciantes que pudiera sustentar la comisión del delito de prevaricación, «lo que no se hace en modo alguno».

La denuncia, recuerda, «se remite a las actas del tribunal y no identifica en cuál de ellas, concretamente, se produce la resolución injusta de la que pudiera derivar el delito de prevaricación».

«La apariencia formal de las mismas es correcta y se ajusta a las bases de la convocatoria de la oposición», asegura ahora el fiscal.

Del mismo modo, abunda en que «no existe prueba de la falsedad que se denuncia, puesto que lo único que consta es que no se recogen en las actas la totalidad de las cuestiones tratadas por el tribunal, según los denunciantes».

La denuncia, por tanto, «resulta genérica y no se dice con concreción qué acta concretamente dice lo contrario», asegura el fiscal.

«Tampoco se aprecia infidelidad en la custodia de documentos, hecho únicamente apreciado por los denunciantes, sin que conste en las actas posteriores del tribunal protesta alguna sobre la forma en la que se llevó a cabo el escáner de los documentos a los que se refiere la ampliación de denuncia», remata el escrito.

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