Parque en la zona del antiguo hospital, mejora de calles y reforma del Centro de Salud, proyectos para Pío XII de Pilar Zamora

La candidata del PSOE a la alcaldía de Ciudad Real, Pilar Zamora, y miembros de la candidatura mantuvieron un encuentro con los vecinos y vecinas de Pío XII para explicarles los puntos más destacados de su programa electoral, a la vez que recogían sugerencias y propuestas.

Entre los proyectos de futuro están la realización de un parque en la zona del Antiguo Hospital, un proyecto que está recogido en el Plan de Modernización 2025 y dentro del cual se está trabajando con la Tesorería de Seguridad Social para que se pueda proceder al derribo del edificio del centro sanitario que sufre aluminosis. La candidata destacaba el gran cambio que experimentará el barrio cuando esto se produzca, ya que el Centro de Salud también será totalmente reformado.

Añadía como otros proyectos continuar la mejora de acerados y asfaltados y los programas de envejecimiento activo para mayores.

Zamora se refería a las actuaciones realizadas en el barrio durante estos años destacando la reforma del Centro Social “un lugar muy importante para la vida de la zona ya que es punto de encuentro donde se realizan numerosas actividades y cuyas instalaciones ya no reunían las condiciones adecuadas para que se llevaran a cabo”.

Pero también hablaba del arreglo del antiguo Colegio Ciudad Jardín, cuya situación es muy próxima a este barrio y convertirlo en Universidad Popular. Un nuevo recurso del que carecía la ciudad que también ha servicio para dotar de un nuevo aparcamiento público a la zona durante el horario del centro.

Finalmente pedía el voto para poder continuar con su proyecto de ciudad iniciado en 2015.

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2 COMENTARIOS

  1. Compatriotas, importante!
    Apruebo en Castilla la Mancha la Ley de expropiación de fincas rurales y su inclusión el banco de la Tierra.

    1. A efectos de lo establecido en esta ley, la Consejería podrá acordar respecto a una parcela o finca rústica la declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra, por su infrautilización.

    2. Se considerará incumplida la función social del uso de la tierra, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, si una parcela o finca rústica ha permanecido en el inventario del suelo infrautilizado previsto en el artículo 27.5 y 6 de esta ley durante dos años consecutivos.

    3. La declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra podrá afectar al derecho de propiedad de la parcela o finca rústica afectada, o sólo al usufructo de la misma.

    4. La declaración prevista en el apartado anterior conllevará, previa tramitación del expediente correspondiente, la cesión temporal de uso al Banco de Tierras, por un plazo no inferior a diez años ni superior a veinticinco, de la parcela o parcelas en las que se produce dicha situación.

    5. El procedimiento para la declaración de incumplimiento de la función social de uso de la tierra, se regirá por la legislación general sobre expropiaciones, pudiendo suspenderse en cualquier momento cuando exista un acuerdo con la propiedad de la parcela o finca rústica afectada en los términos previstos en el artículo 28 de esta ley.

    https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-11946

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