El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la obligatoriedad de la figura de la conciliación en casos de desahucios de familias vulnerables

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la regulación de la nueva figura de la conciliación para los procedimientos judiciales de desahucio que afecten a familias vulnerables, tanto si son propietarios de vivienda como si la tienen en alquiler.

Así lo ha anunciado hoy en rueda de prensa la portavoz del Ejecutivo regional, Esther Padilla, quien ha expresado que la nueva Ley de Vivienda, aprobada por el Estado español el pasado año, introdujo una conciliación obligatoria en ciertos procedimientos judiciales de desahucio. “Se trata de aquellos en los que la parte actora tenga la condición de gran tenedor de vivienda, es decir, tenga en posesión más de diez viviendas, y el inmueble objeto de demanda constituya la vivienda habitual de la persona demandada, quien, además, se encuentre en situación de vulnerabilidad económica”, ha explicado la consejera.

El objetivo de esta medida, en palabras de la consejera Portavoz, es que ambas partes lleguen a un acuerdo que, por ejemplo, permita a la familia alargar su estancia. En este sentido, Padilla ha aclarado que “en el caso de que la familia sea la propietaria de la vivienda, la conciliación tendrá lugar con el banco. Asimismo, si un propietario cuenta con menos de diez viviendas, puede iniciarse también el proceso, aunque no es obligatorio por ley”.

Según ha continuado la portavoz, esta modificación que introduce la norma “supone la regulación de los aspectos instrumentales y organizativos del procedimiento de conciliación, con el fin de facilitar la seguridad jurídica de los intervinientes”. Esta conciliación se lleva a cabo a través de las Oficinas de Intermediación Hipotecaria que la Dirección General de Vivienda, que están en funcionamiento en las Delegaciones Provinciales de Fomento.

Estas oficinas gestionan un programa de asistencia, asesoramiento e intermediación al servicio de la ciudadanía, para encontrar soluciones en situaciones difíciles derivadas de un procedimiento de ejecución hipotecaria o de un juicio verbal por desahucio, con especial atención a aquellas que se encuentran en riesgo de exclusión, según ha manifestado la portavoz regional.

Por último, la consejera ha recordado que las solicitudes de iniciación del procedimiento de conciliación se presentarán obligatoriamente en forma electrónica y en el formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, donde se debe adjuntar también una memoria explicativa de la situación. “Una vez se verifique el cumplimiento de los requisitos, se procederá a notificar a ambas partes del día y hora de celebración de este acto de conciliación en las delegaciones de Fomento; si bien podrá hacerse también de manera telemática en cado de que así lo quisiesen los implicados”, ha explicado.

El responsable de la intermediación tratará de que lleguen a un acuerdo y, en caso de no lograrlo, “será el encargado de exponer a la parte demandada las alternativas ofrecidas por los programas de protección social”, ha finalizado la consejera.

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