Carta de las Plataformas Stop Biometano a la Junta de Comunidades

Las Plataformas Ciudadanas STOP BIOMETANO de Castilla-La Mancha de CAMPO DE CRIPTANA, CARACUEL DE CALATRAVA, CARRIÓN DE CALATRAVA, DAIMIEL, LLANOS DEL CAUDILLO, MANZANARES, MEMBRILLA, SOCUÉLLAMOS, TOMELLOSO (junto con Arenales de San Gregorio y Pedro Muñoz), TORRALBA DE CALATRAVA, VALDEPEÑAS, LA VILLA DE DON FADRIQUE Y VILLARROBLEDO, en representación de miles de vecinos de la región, comparecemos mediante el presente escrito para manifestar nuestra más firme protesta, rechazo y preocupación institucional ante las declaraciones realizadas por usted el día 13 de enero de 2026 en la televisión pública regional, relativas al Plan Regional de Biometanización 2030 para CASTILLA-LA MANCHA.

Este escrito no forma parte del trámite de alegaciones, ya finalizado. Constituye una contestación institucional directa, formulada por el conjunto de plataformas ciudadanas, a sus declaraciones públicas, por su gravedad, por su falta de veracidad, por su impacto en la ciudadanía, y por el daño institucional que generan.

En su intervención televisiva, se afirmó literalmente que, tras recibir “11 alegaciones en la segunda fase de información pública”, se considera “necesario aprobar el Plan cuanto antes”. Omitió deliberadamente que en la primera fase se presentaron más de 13.400 alegaciones, de las cuales más de 9.400 procedían únicamente de la Plataforma de Socuéllamos. Tampoco ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que es de su propio Gobierno, que advertían sobre los riesgos sanitarios no considerados, límites de distancia insuficientes para las plantas y el riesgo de escapes de gases que afectan a la salud respiratoria y contaminación de acuíferos, criticando la falta de atención a la salud en el plan inicial y pidiendo más garantías ambientales y sanitarias, sumándose al rechazo social masivo de las plataformas ciudadanas.

Estas omisiones no pueden considerarse un descuido. Constituyen una manipulación consciente de la realidad, destinada a minimizar la magnitud de la oposición social. La transparencia institucional exige informar con veracidad, no seleccionar los datos que convienen para construir un relato político. La ciudadanía ha participado masivamente, de forma ordenada, fundamentada y dentro de la legalidad. Ignorar esa participación es ignorar el mandato constitucional de facilitar la intervención de los ciudadanos en los asuntos públicos.

Sin embargo, lo más grave de sus declaraciones no es la manipulación de cifras, sino la afirmación de que “como actualmente no tenemos un Plan de Biometanización, no hay distancias, las que quiera establecer el municipio; ese es el problema, que por un lado se está boicoteando el establecer un plan específico que defina todas esas necesidades, pero por otro lado se están exigiendo unas distancias que a día de hoy no existen, salvo las que quiera poner el propio municipio en sus normas subsidiarias”. Esta frase, pronunciada en televisión pública, contiene una acumulación de errores jurídicos, falsedades objetivas, desviaciones de responsabilidad y acusaciones improcedentes que no pueden quedar sin respuesta.

En primer lugar, es falso que “no existan distancias”. Aunque Castilla-La Mancha no haya aprobado todavía una normativa autonómica específica, el marco jurídico europeo y estatal sí establece obligaciones claras en materia de protección de la salud y del medio ambiente. La Directiva 2010/75/UE sobre emisiones industriales, la Directiva 2008/50/CE sobre calidad del aire, la Directiva 91/676/CEE sobre nitratos, la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental y el Principio de Precaución consagrado en el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, obligan a establecer distancias de seguridad cuando existen riesgos razonables para la salud humana o el medio ambiente. La propia Evaluación Ambiental Estratégica del Plan reconoce emisiones de amoníaco, metano, ácido sulfhídrico, bioaerosoles y olores persistentes. Afirmar que “no existen distancias” es, por tanto, una declaración técnicamente falsa y jurídicamente insostenible, que transmite a la ciudadanía una imagen de improvisación normativa incompatible con la responsabilidad institucional que exige su cargo.

Además, la evidencia científica internacional es contundente respecto a los riesgos sanitarios asociados a las plantas de biogás y al manejo del digestato. Informes del Instituto Federal Alemán de Evaluación de Riesgos, del Centro de Control y Prevención de Enfermedades de EE.UU., y de la Agencia Europea de Medio Ambiente han documentado que las emisiones de NH₃ (AMONÍACO), H₂ S (SULFURO DE HIDRÓGENO), CH₄ (METANO), compuestos orgánicos volátiles y bioaerosoles pueden provocar aumentos significativos de enfermedades respiratorias, irritaciones oculares y dérmicas, cefaleas, náuseas, alteraciones neurológicas y mayor incidencia de infecciones respiratorias, especialmente en bebés, niños, ancianos y personas con patologías previas. Estudios de la Universidad de Aarhus (2020) han demostrado que las emisiones de amoníaco y partículas procedentes de plantas de biogás incrementan seriamente la morbilidad respiratoria en un radio de hasta 5 kilómetros. Investigaciones del Instituto Helmholtz de Leipzig en 2019 han detectado la presencia de patógenos resistentes a antibióticos en digestatos aplicados en suelos agrícolas. Y el Instituto Nacional de Salud Pública de Francia (ANSES, en 2021) ha advertido de la dispersión de bioaerosoles capaces de viajar durante bastantes kilómetros, hasta 20 kilómetros, dependiendo de la dirección del viento.

Por tanto, no solo existen distancias desde el punto de vista jurídico, existen distancias desde el punto de vista sanitario, epidemiológico y científico. Negarlo es ignorar décadas de investigación internacional.

En segundo lugar, es igualmente falso que “las distancias las que quiera establecer el municipio”. Los ayuntamientos no tienen competencias para fijar distancias sanitarias, regular emisiones industriales, establecer límites ambientales ni suplir la falta de normativa autonómica. Las Normas Subsidiarias, los Planes Generales de Ordenación Urbana y los Planes de Ordenación Municipal no pueden sustituir la regulación autonómica ni estatal. Pretender que los municipios asuman esta responsabilidad constituye una dejación de funciones por parte de la Junta de Comunidades y una desviación de poder, además de colocar a los ayuntamientos en una situación de vulnerabilidad jurídica, obligándolos a asumir decisiones para las que no disponen — sobre todo los más pequeños— ni de medios técnicos, ni de capacidad normativa, ni de respaldo legal. La responsabilidad de regular distancias sanitarias, emisiones, digestato, riesgos sanitarios y condiciones de implantación corresponde a la Comunidad Autónoma, no a los municipios.

Los ayuntamientos pueden cambiar sus normas urbanísticas para establecer distancias jurídicas con los núcleos urbanos o limitar las dimensiones de estas instalaciones. Y mientras la Junta de Comunidades no ejerza sus responsabilidades, así se lo vamos a demandar a las corporaciones municipales, como ya estamos haciendo. Pero no se puede negar y eludir la responsabilidad de la Junta de Comunidades ante una problemática que ha alcanzado una dimensión regional.

En tercer lugar, la consejera afirmó que la ciudadanía está “boicoteando el establecer un plan específico”. Esta acusación es profundamente improcedente, ofensiva y contraria al deber institucional de respeto. La presentación de alegaciones es un derecho fundamental reconocido en la Constitución Española, en el Convenio de Aarhus, en la Ley 27/2006 y en la Ley 21/2013. La ciudadanía no está boicoteando nada: está ejerciendo un derecho democrático esencial. Está participando en un procedimiento administrativo que afecta a su salud, a su territorio y a su futuro. Está señalando deficiencias técnicas, jurídicas y ambientales de un Plan que, tal como está redactado, es insostenible, incompleto y contrario al Principio de Precaución. Acusar de “boicot” a quienes ejercen un derecho fundamental es incompatible con la buena administración y constituye una deslegitimación institucional de la participación ciudadana.

En cuarto lugar, sus declaraciones generan una profunda inseguridad jurídica. Afirmar simultáneamente que no existen distancias, que los municipios pueden poner las que quieran, que la ciudadanía exige distancias que “no existen” y que la falta de distancias es culpa de la ciudadanía por “boicotear” el Plan, constituye una argumentación contradictoria, incoherente y alarmante. La realidad es clara: la Junta no ha regulado distancias; los ayuntamientos no pueden regular distancias sanitarias; la ciudadanía exige que se regulen; y la consejera culpa a la ciudadanía de la falta de regulación. Esta inversión de responsabilidades es inaceptable en un Estado de Derecho.

En quinto lugar, sus declaraciones tienen consecuencias reales y graves. Generan alarma social, erosionan la confianza en la Consejería, desinforman a la población, trasladan responsabilidades a quien no las tiene y desacreditan injustamente a miles de ciudadanos que han actuado con rigor, respeto y dentro de la legalidad. Además, favorecen la implantación de plantas de biometano sin garantías, a distancias insuficientes y sin evaluación sanitaria adecuada, poniendo en riesgo la salud pública, los acuíferos, los cultivos, el paisaje, el turismo y la economía rural. La evidencia científica internacional demuestra que las plantas de biogás pueden provocar seriamente la contaminación de acuíferos por nitratos y metales pesados, tal como documentó el Instituto Geológico de Polonia en 2020, y que la aplicación masiva de digestato altera el microbiota del suelo y afecta a cultivos sensibles, según estudios de la Universidad de Wageningen en 2018.

Asimismo, resulta imprescindible responder a sus declaraciones sobre la gestión de residuos en Castilla-La Mancha. Usted afirmó que, ante la falta de infraestructuras, “habrá que determinar dónde irán los residuos” generados en la Comunidad Autónoma, que suman hasta 15,7 millones de toneladas entre vinazas, estiércoles, pajas o lodos de depuradora y aclaró que su recogida deberá realizarse en un radio de 30 kilómetros.

El digestato no es un subproducto inocuo y mucho menos ese abono orgánico de alta calidad que Vd. afirma. Su composición es conocida: contiene nitrógeno amoniacal en altas concentraciones, fósforo, potasio, metales pesados (zinc, cobre, cadmio), fármacos veterinarios, restos de antibióticos, microplásticos, materia orgánica parcialmente degradada, patógenos resistentes, además de seguir emitiendo amoníaco, metano y sulfuros. Existe evidencia demostrada de que la aplicación masiva provoca contaminación en acuíferos por nitratos, por acumulación de metales pesados en suelos agrícolas, por alteración del microbioma del suelo y por dispersión de patógenos y bioaerosoles. Es un riesgo documentado.

Tampoco informó usted de que la cantidad de digestato generada es prácticamente equivalente a la cantidad de residuos de entrada. La propia industria reconoce que entre el 85 % y el 95 % de la masa inicial de residuos se convierte en digestato. Es decir: por cada 100 toneladas de residuos, se producen entre 85 y 95 toneladas de un residuo nuevo, más inestable y difícil de gestionar. Presentar las plantas de biometano como una “solución” al problema de los residuos, ocultando la realidad de lo que realmente se genera es otro residuo y de volumen casi idéntico, constituye una manipulación inaceptable de la realidad.

Por tanto, su planteamiento sobre “dónde irán los residuos” es incompleto y técnicamente engañoso. Las plantas de biometano no eliminan residuos: los transforman en otro residuo cuya gestión es aún más problemática. Y mientras usted habla de radios de recogida, guarda silencio sobre los miles de toneladas de digestato que deberán almacenarse, transportarse y verterse sin una normativa autonómica que regule distancias, cargas máximas, análisis obligatorios o riesgos sanitarios. Además, en el escenario —previsible y ya constatado en otros territorios— de que los agricultores no puedan o no quieran asumir el digestato generado, ¿cómo piensa la Administración gestionar decenas de miles de toneladas de un residuo que nadie utilizará? ¿Dónde se almacenará y bajo qué garantías? Su silencio sobre esta cuestión esencial agrava de forma crítica la inseguridad jurídica que ya genera el Plan. Omitir el destino final y real del digestato no es un detalle técnico: es ocultar el mayor problema operativo, ambiental y sanitario del modelo que usted pretende implantar.

La ciudadanía tiene derecho a conocer la verdad completa: que el Plan Regional de Biometanización no resuelve el problema de los residuos, sino que lo multiplica; que el digestato es un residuo de alto impacto ambiental; y que la Junta de Comunidades no ha regulado su gestión ni sus riesgos. Silenciar esta realidad constituye un grave error, de nuevo, que no puede quedar sin respuesta.

Y es precisamente en este punto donde resulta imprescindible incorporar otra de sus afirmaciones públicas: usted declaró que “este Plan de Biometanización no fomenta la construcción de plantas, sino que regula cómo deben instalarse, indicando de forma transparente las medidas que deben adoptar las empresas que quieran tratar residuos orgánicos para transformarlos en biogás y biometano, incluyendo un condicionamiento adicional que prácticamente no existe en ninguna otra comunidad autónoma: el tratamiento del digestato hasta convertirlo en un abono orgánico de alta calidad, cerrando el círculo sin generar residuos y permitiendo incluso reutilizar el agua en la agricultura”.

Sin embargo, esta afirmación, lejos de corregir las carencias del Plan, las agrava. Si el Plan realmente pretende regular —y no fomentar—, entonces la ausencia de distancias, la falta de garantías sanitarias, la omisión del destino real del digestato y la inexistencia de una normativa autonómica que regule su gestión convierten esa supuesta regulación en un marco que, de facto, facilita la implantación de plantas sin control suficiente. No se puede hablar de “cerrar el círculo” cuando el propio Plan omite el principal residuo del proceso. No se puede hablar de “no generar residuos” cuando el digestato es un residuo reconocido, masivo y de alto impacto. Y no se puede hablar de “transparencia” cuando se oculta a la ciudadanía la magnitud del problema.

Por todo lo expuesto, las Plataformas STOP BIOMETANO de Castilla-La Mancha exigimos una rectificación pública inmediata de sus declaraciones, el reconocimiento expreso del derecho fundamental de participación ciudadana, el cese de la desinformación institucional sobre distancias y competencias municipales, y el compromiso firme de no criminalizar la participación democrática. Exigimos también la elaboración urgente de una normativa autonómica garantista que regule distancias, emisiones, digestato, riesgos sanitarios y condiciones de implantación, y que ponga fin a la inseguridad jurídica que sus declaraciones han agravado.

La ciudadanía de Castilla-La Mancha no está boicoteando nada. La ciudadanía está defendiendo su salud, su territorio y sus derechos. Y no aceptará que se la descalifique, se la manipule o se la responsabilice de las carencias de un Plan que la propia Administración ha elaborado sin el rigor técnico, jurídico y ambiental que exige la ley.

FIRMAN: Las Plataformas Ciudadanas STOP BIOMETANO de Castilla-La Mancha de CAMPO DE CRIPTANA, CARACUEL DE CALATRAVA, CARRIÓN DE CALATRAVA, DAIMIEL, LLANOS DEL CAUDILLO, MANZANARES, MEMBRILLA, SOCUÉLLAMOS, TOMELLOSO (junto con Arenales de San Gregorio y Pedro Muñoz), TORRALBA DE CALATRAVA, VALDEPEÑAS, LA VILLA DE DON FADRIQUE Y VILLARROBLEDO.

Relacionados

ESCRIBE UN COMENTARIO

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí


spot_img
spot_img
spot_img
spot_img