“Lo que las leyes no prohíben, puede prohibirlo la honestidad”
SENECA
Cuando inicié mis visitas como colaborador de la Unión Europea en Hispanoamérica, pude comprobar algunas situaciones que en aquellos países se habían normalizado y que en España éramos incapaces de reconocer. Sobre todo llamaba la atención la situación en Colombia, donde seguían activas las distintas guerrillas que aterraban al país desde hacía cincuenta años. Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, las conocidas FARC, cumplían con su ritual de violencia a través de atentados a las Fuerzas Armadas, a los cuerpos de seguridad del Estado y a los líderes políticos; o de secuestro y extorsión a toda la población.

Pero llamaba la atención la segregación por grupos que se hacía de los internos en los centros penitenciarios. Por una parte estaban los grupos terroristas revolucionarios, que tenían su propio espacio; luego estaban los grupos paramilitares —que combatían a estas guerrillas—, que contaban con módulos exclusivos; después estaban los presos de los cárteles de la droga, ubicados en dependencias de máxima seguridad; la delincuencia común, que también contaba con sus propios departamentos penitenciarios; y luego estaban las dependencias de los políticos presos, que estaban abarrotadas por los casos de corrupción.
Allí, lo de acabar en prisión era frecuente para muchos políticos que llegaban al poder solo para medrar, para hacer fortuna por la vía más rápida posible y para ejercer el poder como reyezuelos de las áreas de gobierno a las que ellos accedían y en las que generaban todo tipo de corruptelas o influencias y servidumbres personales. Muchos de estos políticos sabían, y ya lo tenían asumido, que cuando dejaran el poder podrían ser objeto de todo tipo de denuncias sobre sus posibles responsabilidades penales ante los tribunales del país.
Un ejemplo de esta situación era la del expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez. Uno de sus abogados penalistas nos contó que tenía cerca de doscientas causas penales abiertas de cuando fue presidente de la República (entre 2002 y 2010). Muchas se estaban resolviendo favorablemente para el antioqueño, pero había algunas de ellas que parecían atascarse en las distintas instancias judiciales. Y, en estos momentos, dieciséis años después de dejar la presidencia de su país, sigue teniendo causas abiertas en los tribunales.
Pero parece que ya lo han experimentado todo, o casi todo, en esto de la corrupción grave y directa que se produce en el ejercicio del poder. En algunos de los puestos más sensibles del país, muchos gestores públicos apenas duran un año en su cargo y pocos pasan de los tres. Además, por la mera sospecha o por el hecho objetivo de que se puedan producir situaciones de abuso de autoridad, del ejercicio impropio de su cargo o de malversación de caudales públicos, se produce la separación inmediata del político responsable.
En algunos países europeos, el código ético no escrito para los cargos políticos es muy exigente con actos que, aunque no sean delictivos, tienen graves consecuencias en el desempeño de su puesto. Falsificar un expediente académico, mentir sobre cuestiones personales o hacer un nombramiento inapropiado puede acarrear la desconfianza de los ciudadanos, quienes pueden forzar su dimisión o su revocación del cargo. Así le ha ocurrido al primer ministro británico, Keir Starmer, cuando nombró a su jefe de gabinete.
En España, a finales de los años ochenta y principios de los noventa, se vivió una situación parecida a la actual en cuanto al número de casos de corrupción en el Gobierno. Se recuerdan los casos Filesa, Malesa, Time Export o Roldán como los más conocidos, pero había muchos más que no fueron tan relevantes. Sorprendía que estas situaciones se gestionasen de manera muy distinta a como se tratan hoy. En muchos casos eran los propios cargos políticos quienes descubrían los casos y los remitían a la inspección de servicios o al juzgado.
Uno de los casos que conocí de primera mano se produjo en una entidad adscrita al Ministerio de Justicia. El método de este grupo era utilizar empresas interpuestas creadas por directivos, funcionarios y otro personal dependiente de esta entidad, que incluía a familiares y allegados. Estas empresas facturaban a la Administración productos a precios muy elevados —hasta dos veces su valor—, cuyos márgenes servían para su lucro personal. De los once imputados, cinco fueron condenados a penas de prisión y el resto fueron absueltos.
Pero hubo algo llamativo. La condena más grave se le impuso a un empleado público por su condición de funcionario, lo que, además de agravar su pena de privación de libertad, le supuso la inhabilitación definitiva para el ejercicio de cargo o empleo público. Al jefe de la trama, pese a ser el más alto cargo de aquella entidad, al no tener la condición de funcionario se le aplicó una pena menor y no perdió la condición de empleado público por carecer de ella.
Pese a la gravedad de los hechos de todos aquellos casos, hubo gestores públicos del mismo Gobierno que corrigieron o apartaron de sus cargos a sus propios compañeros. Y algunos actuaron con honestidad y asumieron sus responsabilidades, como hizo el exministro Antoni Asunción.









