Algo más que un ático

José Adolfo Tabasco Gómez -Lobo.- Decía Molière » no es uno sabio por lo que sabe, sino por lo que los demás ignoran».
Imagina que un ciudadano adquiere un determinado inmueble y lo quiere destinar a algo que vulnera el Plan General de ordenación Urbana de la población correspondiente.

¿QUÉ HARÍA LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE?La respuesta es clara:
Obligarla al cumplimiento de la LGOU.

Viene esto a colación , por el ático adquirido por la comunidad de Madrid, cómo supuesta oficina,lo cual contraviene la LGOUM, al estar catalogado como de uso residencial.

Teniendo en cuenta que «la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento» o que caso de conocerse, se actúe(supuestamente)buscando el beneficio personal, máxime cuándo se trata de «dirigentes y/o funcionarios públicos,creo,humildemente, que solo quedan dos posibilidades:el cese o la dimisión.

Artículo 14 de la Constitución Española:»Todos somos iguales ante la ley»

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