La Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) ha establecido la prohibición temporal de navegar y circular con cualquier tipo de embarcación o artefacto flotante en el canal próximo a la gruta que comunica la Laguna Tinaja con la Laguna San Pedro, en las Lagunas de Ruidera, según publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta medida, que entra en vigor este jueves tras la publicación de la Resolución de 24 de agosto de 2026 del organismo de cuenca, responde al riesgo existente para la seguridad de las personas derivado del posible derrumbe de un muro de piedra o de la caída de ejemplares arbóreos y ramas situados en las inmediaciones de la gruta, ubicada en el término municipal de Ossa de Montiel.
Según precisa la CHG, la restricción en el Parque Natural permanecerá vigente hasta que desaparezcan las circunstancias de riesgo que la motivan o se adopte una resolución expresa en sentido contrario.
REAPERTURA BADAJOZ PARA FEDERADOS
Por otro lado, la misma resolución modifica los condicionantes de navegación en la cuenca e introduce novedades en el tramo urbano del río Guadiana a su paso por Badajoz, donde levanta la prohibición total que imperaba desde el pasado mes de julio, permitiendo el uso del río a los usuarios federados pertenecientes a clubes reconocidos por la Federación Extremeña de Piragüismo (FEXP).
Este cambio responde a las medidas propuestas por la propia FEXP para garantizar condiciones de seguridad aceptables. Entre las exigencias para los palistas se establece que los menores o neófitos deberán ir acompañados por entrenadores acreditados, el uso obligatorio de chaleco salvavidas cuando lo exija la norma y saber nadar.
Asimismo, se prohíbe la navegación en solitario —salvo excepciones justificadas por la federación— y se obliga a contar con un protocolo de actuación en emergencias y a formar a los usuarios en técnicas de autorescate.
Para el resto del colectivo general se mantiene la restricción de navegación y flotación en Badajoz, si bien la CHG prevé que se puedan autorizar eventos concretos —como concursos de pesca o pruebas deportivas— si se solicitan con 15 días de antelación junto a una memoria de seguridad.
Quedan exentas de todas estas limitaciones las embarcaciones de la propia Confederación Hidrográfica del Guadiana, los servicios de emergencia y aquellos barcos expresamente autorizados por el organismo de cuenca.






