Elecnor, multada por brecha salarial de género al abonar complementos salariales inferiores a las mujeres en Ciudad Real y Puertollano

La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Ciudad Real, Plaza nº 1, ha desestimado la demanda interpuesta por la empresa Elecnor Servicios y Proyectos S.A.U. contra la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, confirmando así la sanción administrativa de 7.501 euros que le fue impuesta por incurrir en discriminación salarial por razón de sexo.

Según recoge la sentencia, la resolución judicial valida el acta de infracción redactada por la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social en diciembre de 2023, la cual calificó la conducta empresarial como una infracción grave en materia de relaciones laborales en virtud de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

La actuación de la Inspección de Trabajo reveló tras un muestreo en centros de trabajo como los de mantenimiento de termosolares en Ciudad Real y Puertollano que los empleados varones percibían complementos salariales sustancialmente superiores a los de sus compañeras, aun teniendo la misma categoría profesional o incluso una categoría inferior.

En concreto, la resolución destaca supuestos como el de dos puestos de ‘jefe/a de obra’, donde la trabajadora recibía un complemento de 129,42 euros frente a los 451,92 euros que cobraba su homólogo masculino, a pesar de que la propia empresa reconocía que el contrato gestionado por la mujer entrañaba una mayor complejidad.

Asimismo, en el caso del personal de auxilio técnico y peritaje, los auxiliares técnicos varones percibían un complemento medio de 761,68 euros, mientras que mujeres con una categoría profesional superior (peritaje) percibían un promedio de 398,15 euros. En otros centros, se detectaron brechas donde empleados varones alcanzaban complementos de entre 657 y 894 euros frente a cuantías de entre 0 y 74 euros en el caso de las trabajadoras.

El fallo recalca que la mercantil justificó estas partidas bajo conceptos genéricos como la «complejidad», el «rigor», el «tipo de cliente» o la «especialización», sin llegar a demostrar criterios objetivos ni fórmulas de cálculo transparentes que avalasen por qué los puestos desempeñados por mujeres tenían un valor económico inferior en nómina.

No se acreditan diferencias sustanciales en las tareas

En el procedimiento judicial, Elecnor solicitó la nulidad del expediente alegando, entre otros motivos, la caducidad de las actuaciones comprobatorias por parte de la Inspección. No obstante, la magistrada ha rechazado este extremo al constatar que entre la aportación de datos, la fecha del acta de infracción y la posterior notificación sancionadora no se excedieron los plazos legales.

Por otro lado, la compañía argumentó que a partir del año 2019 se había modificado el criterio retributivo asignando las subidas salariales al concepto «a cuenta de convenio», justificando las diferencias en los pluses de actividad por la antigüedad de incorporación de determinados trabajadores. La jueza concluye que la prueba testifical practicada en el juicio no logró acreditar diferencias sustanciales en las tareas ejecutadas que fundamentasen la desigualdad económica, remarcando que «el diferente desarrollo de las mismas funciones no goza de la aptitud ni de la relevancia necesaria como para erigirse como criterio objetivo para justificar una valoración diferente del puesto».

La sentencia subraya que el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores obliga a abonar la misma retribución por la prestación de un trabajo de igual valor y que la práctica detectada colisiona directamente con la prohibición de discriminación por razón de sexo consagrada en el artículo 14 de la Constitución Española.

Frente a esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

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2 COMENTARIOS

  1. La mujer progresista es simultáneamente víctima y empoderada hasta que algo sucede.
    Entonces ella elige que estado le conviene más.

    • Ay amiga aplaudidora balconera bebelejias tú a lo tuyo campeona a recordar que la Tierra es plana y que con chupitos de lejía te libras de cualquier virus y hasta de tu propio clima cambiatico.

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