Puertollano: Visto bueno medioambiental para la planta de tratamiento de subproductos animales

La Consejería de Desarrollo Sostenible ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de este martes la resolución de la Dirección General de Economía Circular por la que se formula la declaración de impacto ambiental de la planta de tratamiento de subproductos animales promovida por Animal by Products Solutions en Puertollano.

La Dirección General de Economía Circular considera viable el proyecto desde el punto de vista ambiental, siempre que se realice conforme al estudio de impacto ambiental presentado y las prescripciones de esta resolución.

En este sentido, y pese a las alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción-Valle de Alcudia y la Plataforma Ciudadana por el Futuro de Puertollano, la Junta considera, analizado el conjunto de factores que inciden en las molestias que pudieran derivarse sobre la población por malos olores, que el impacto se verá corregido de forma adecuada hasta unos niveles aceptables gracias a medidas correctoras, que el riesgo de afección sobre el sistema hidrogeológico es muy reducido, y que el proyecto no entraña afecciones a áreas protegidas ni recursos naturales protegidos.

La empresa Animal by Products Solutions construirá en Puertollano una planta de transformación de restos de animales para su aprovechamiento como subproductos no destinados a consumo humano, principalmente harinas y grasas.

La fábrica estará ubicada en antiguas instalaciones de la mina a cielo abierto Encasur, según consta en el estudio de impacto ambiental.

El proyecto será subvencionado con 236.924 euros con cargo a ayudas MINER correspondientes al ejercicio 2017 para una inversión global de 7.856.858 euros y una previsión de 25 empleos. La empresa fue constituida en junio de 2018 con un capital de 326.000 euros.

Según consta en el estudio, la actividad se situará en la zona sur del término municipal de Puertollano, íntegramente en el interior de la parcela 1663 del Polígono 4, formada por una superficie de 5.215.500 metros cuadrados, en la que se emplearán las instalaciones existentes (anteriormente dedicadas a la extracción y lavado de carbones) en un espacio máximo de 45.000 metros (oficinas, parking y viales asfaltados incluidos).

Se precisará una superficie total construida de planta de 2.495 metros, además de la superficie del lavadero de camiones y de los depósitos de almacenamiento de aguas residuales próximos a las naves de proceso.

La actividad de la empresa consiste en la ejecución y explotación de una planta de tratamiento de subproductos animales en la que el promotor llevará a cabo las actividades de transferencia, gestión y tratamiento final de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.

Así, los servicios generados son la recogida de cadáveres de animales o partes de los mismos con clasificación de Categoría I (animales sospechosos de estar infectados por una Encefalopatía Espongiforme Transmisible, animales salvajes que puedan transmitir enfermedades a humanos, o productos derivados de animales tratados con sustancias prohibidas, entre otros), su tratamiento mediante métodos físico-químicos para la eliminación o neutralización de las sustancias peligrosas indicadas, y la transformación del producto resultante en grasas y harinas para su uso autorizado.

Con ello, señala el estudio, «se pretenden obtener beneficios económicos para el municipio y beneficios ambientales derivados de la mejor gestión de los subproductos animales de la región».

Según consta en el informe, la planta tendrá una capacidad de funcionamiento continua en turnos modificables, tanto diurnos como nocturnos, para poder atender de forma eficaz y rápida cualquier recepción de material «debido a que un tratamiento inmediato de este tipo de subproductos es un factor crítico para garantizar la máxima seguridad y salubridad pública para el control de enfermedades transmisibles a humanos».

En la planta principal se instalarán los equipos que forman parte de cada proceso: recepción y triturado, secado, prensado, almacenamiento de grasa, enfriado y molturado de proteínas, y oxidación térmica recuperativa.

El informe concluye que «sin hallar condicionantes que supongan una afección crítica y sean merecedores, por tanto, de una modificación de la ubicación o actuación, y siempre que se apliquen las medidas propuestas y se realice el seguimiento establecido en el Plan de Vigilancia Ambiental, se considera viable la ejecución de la actividad estudiada».

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