Los centros educativos abrirán dos días a la semana en fase 2 de 9.00 a 14.00 horas para atender a alumnos

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Castilla-La Mancha ha dictado instrucciones para los centros educativos sostenidos con fondos públicos para el desarrollo de las actividades permitidas en la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, por las cuales todos los centros deberán, entre otras cosas, abrir dos días a la semana sus puertas en horario de 9.00 a 14.00 horas para la atención presencial de alumnos.

Según estas instrucciones, publicadas este miércoles en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recogidas por Europa Press, se especifica en cuanto a la formación no presencial que todos los centros continuarán con la formación a distancia que vienen desarrollando desde que se suspendió la actividad educativa presencial hasta la fecha de finalización del curso 2019-2020 en cada una de las enseñanzas y etapas educativas.

El profesorado que tenga que participar puntualmente en el desarrollo de estas actividades ajustará el trabajo que está desarrollando en la actividad educativa a distancia para poder realizar las actividades que la dirección del centro determine que tiene que realizar presencialmente en el centro.

ACTIVIDADES PERMITIDAS

Se permiten la apertura para las acciones necesarias de cierre del curso escolar 2019/2020 y las preparatorias para el curso 2020/2021.

Los centros que impartan Educación Infantil y Educación Primaria desarrollarán, adicionalmente, el contacto necesario con las familias, especialmente
para el alumnado que cambie de etapa en el curso 2020-2021 a Educación Primaria, con el fin de recoger la información necesaria para la realización del informe individual para el cambio de etapa.

Los centros de Educación Especial y unidades específicas en centros ordinarios, a través del equipo educativo, priorizarán la acción tutorial y la evaluación final utilizando todas las herramientas de trabajo telemático que han utilizado hasta el momento.

De su lado, los centros que impartan Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato organizarán, tras cita previa, actividad planificada de refuerzo, apoyo, tutoría, orientación académica y profesional, atención a dudas y apoyo emocional para el alumnado.

La apertura de centros se articula para solventar dudas o planificar cuestiones relativas a las pruebas de EBAU para alumnado de 2º de Bachillerato.

Alumnos de último curso de ciclo podrán asistir a actividades específicas que se podrán organizar individualmente o en grupos reducidos, con un máximo de 10 alumnos, especialmente para el que no ha tenido las mismas oportunidades de seguimiento telemático que el resto de sus compañeras y compañeros. Los centros deberán comunicar a las familias los días y horas en las que se llevarán a cabo las citadas actividades con el fin de establecer la forma de concretar las citas previas y la organización de los grupos reducidos.

Los centros que impartan Formación Profesional organizarán tras cita previa, la actividad planificada de refuerzo, apoyo, tutoría, orientación académica y profesional, atención a dudas y apoyo emocional para el alumnado.

La apertura de centros se articula para solventar dudas o planificar cuestiones relativas a las actividades que sustituyen la Formación en Centros de Trabajo para alumnado de 2º Ciclo Formativo Grado Medio y Ciclo Formativo Grado Superior o prácticas en empresa.

También para el alumnado de 2º curso de se podrán organizar individualmente o en grupos reducidos, con un máximo de 10 alumnos, especialmente para el que no ha tenido las mismas oportunidades de seguimiento telemático que el resto de sus compañeras y compañeros.

PRUEBAS DE ACCESO Y HORARIOS DE APERTURA

En los casos en los que se vayan a realizar las pruebas presenciales específicas como EBAU, acceso a Ciclos Formativos de grado medio y grado superior, pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y cuantas convoque la Consejería de Educación Cultura y Deportes, la dirección de los centros determinará el profesorado, los espacios y los horarios necesarios para cumplir las condiciones de protección y distancia social que determinen las autoridades sanitarias y que serán comunicadas en los respectivos protocolos o guías.

La dirección de los centros determinará el personal docente y el personal de administración y servicios necesario que tiene que acudir presencialmente a los centros, en los días y horas que establezcan, para la realización de las tareas indicadas en los puntos anteriores.

Para la actividad planificada de refuerzo, apoyo, tutoría, orientación académica y profesional, atención a dudas y apoyo emocional para el alumnado los centros de los diferentes niveles, enseñanzas y etapas educativas indicadas en la Fase 2 organizarán horarios de atención al alumnado como mínimo dos días por semana en un horario comprendido entre desde las 9.00 a las 14.00 horas.

Estas tareas se podrán hacer en los días lectivos hasta finalización de la actividad lectiva según el calendario escolar de cada una de las enseñanzas.

El alumnado objeto de la medida será atendido por el profesorado del centro en grupos reducidos que serán configurados por la demanda o solicitud de asistencia por parte del profesorado hacia el alumnado o la demanda del alumnado. En ambos casos se debe comunicar con 48 horas de antelación a través del programa PAPAS 2.0, teléfono o correo electrónico.

EXENTAS PERSONAS VULNERABLES Y CON SÍNTOMAS DE COVID-19.

Quedan exentas las personas especialmente vulnerables pertenecientes a los colectivos definidos en cada momento por el Ministerio de Sanidad como grupos vulnerables para la COVID-19.

No podrán asistir a los centros educativos las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.

En otro orden de cosas, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte elaborará el marco general en el que se deben desarrollar, por parte de cada centro, los planes de contingencia adecuados a sus circunstancias y condiciones concretas, para las siguientes fases definidas por el gobierno de España dentro del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Los miembros de los equipos directivos se responsabilizarán de que todo el personal de los centros educativos sea conocedor de las presentes instrucciones y de su cumplimiento.

Al alumnado se le dará a conocer las materias, el horario y el profesorado que lo atenderá mediante comunicación pudiéndose utilizar el modelo de comunicación facilitado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

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