«Es mejor arriesgarse a salvar a un culpable que condenar a un inocente»
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Estos días ha saltado la noticia de que la muerte del fundador de Mango, Isak Andic, pudo ser un homicidio y no un accidente fortuito como se había indicado inicialmente. Este caso se archivó en enero de 2025 —la muerte se había producido en diciembre de 2024—, y se reabrió en marzo porque el grupo de investigación detectó algunos indicios relevantes. La causa sigue bajo estricto secreto de sumario y el juez y la fiscal ven factible que se trate de un homicidio. Pero de momento no se dirigen a ninguna persona concreta.
Sin embargo, son las incongruencias del hijo en sus declaraciones las que motivaron el reinicio de las investigaciones. Los Mossos d´Esquadra tienen indicios que descartan una posible caída fortuita como causa de su fallecimiento. Según los ensayos realizados se cree que debió de haber una cierta “inercia” para causar la muerte y apuntan a un posible homicidio. Después de algunos fracasos del hijo, el padre lo apartó de la gestión de los negocios familiares, lo que pudo enturbiar la relación entre ambos.
En este caso, la mala relación del fallecido con su hijo es la primera sospecha. El que quedara con su padre a solas y sin vigilancia —aunque él, por su condición de judío y de empresario, siempre la utilizaba—, es la segunda. Que la viuda —que no es la madre del hijo—, insinuara la posible participación del primogénito en los hechos también hace que continúen. Y además, la tardanza del hijo en comunicar el hecho a los servicios de emergencia, —incluso efectuó varias llamadas antes de llamarlos—, aumenta las sospechas.
Cuando se produce un hecho violento de esta gravedad se dan tres momentos importantes. Lo que parece haber ocurrido en el mismo momento en el que se descubren los hechos, las sospechas que indiciariamente se manejan en la investigación para su esclarecimiento y, por último, la evidencia contrastada y demostrada de esos hechos y, en su caso, la autoría de los mismos. Este proceso puede resultar interesante para la opinión pública, pero será el tribunal sentenciador el que fijará la verdad jurídica.
Quienes entienden que las garantías que ofrece el Estado de derecho son necesarias para aplicar el ordenamiento jurídico penal —que afecta a la restricción de los derechos individuales—, creen que hay que cumplir con todos los preceptos jurídicos que se establecen para estos procesos. Y el más importante de ellos es el de la presunción de inocencia de los investigados, pero, entre otros, también se debe exigir que los tribunales apliquen el derecho a un procedimiento justo al acusado.
Debido a las circunstancias de este caso se puede alargar el procedimiento. Las investigaciones avanzarán conforme lo hagan las pruebas para acreditar los hechos y la autoría de los mismos. Una vez finalizada la instrucción de la causa se abrirá, si procede, la fase del juicio oral ante el tribunal que deba juzgar este posible delito y a sus autores. Pero es necesario poner un punto de sosiego que evite la precipitación a la hora de cerrar el caso lo que pudiera causar errores graves o la indefensión de los acusados.

La fase de la investigación es crucial para llegar al fondo del asunto. Pero a veces se producen errores forzados por la presión social y mediática o por exigencias de los mandos policiales inducidos por los políticos que demandan resultados inmediatos. Y han ocurrido algunos casos en los que esos errores han podido destrozar la vida de quienes al final ni eran culpables ni tenían nada que ver con el asunto, como le ocurrió a Dolores Vázquez, que fue condenada por el asesinato de Rocío Wanninkhof en 1999 y luego absuelta.
En 1994 apareció asesinado en Madrid, Carlos Moreno, un empleado de limpieza. En este crimen se le infligieron a la víctima veinte puñaladas, quedando su cadáver parcialmente decapitado. La Guardia Civil que investigaba el caso no encontraba el móvil de este asesinato. Se pensó en un robo, pero el asesinado tenía su reloj y unas sesenta mil pesetas en su bolsillo. Indagaron si el hecho tenía que ver con algo personal y sometieron al entorno del asesinado a una presión asfixiante con la que no obtuvieron resultado positivo alguno.
Mientras tanto un grupo de jóvenes asistía atónito a los comentarios de dos de sus miembros que se regodeaban diciendo que ellos habían sido los autores. A los demás les parecía increíble, pero uno de los chavales se lo dijo en secreto de confesión al sacerdote de su parroquia, quien le recomendó que se lo hiciera saber a sus padres. Tras comentarlo con ellos, el padre acudió con su hijo para denunciar los hechos a comisaría. Se procedió a su detención y a registrar sus domicilios. Por estos hechos fueron condenados en 1997.
Este caso fue el conocido como el crimen del juego del rol.