La Plataforma por el Futuro de Puertollano preguntará en el pleno sobre la subvención al CD Puertollano y el derecho de participación ciudadana

La Plataforma Ciudadana por el Futuro de Puertollano ha remitido un escrito a los medios y a los grupos políticos municipales en el que cuestiona los criterios de admisión de las preguntas ciudadanas en los plenos municipales. Tras denunciar la “censura” de las preguntas más críticas, sobre todo las referidas a presuntas irregularidades en contrataciones y funcionarización, la Plataforma vuelve ahora a la carga con una batería de preguntas que atañen a la polémica subvención de 350.000 euros al CD Puertollano y al derecho de participación de los ciudadanos en los plenos del Ayuntamiento.
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Reproducimos el comunicado en su integridad:

En el pleno ordinario de febrero, la Plataforma Ciudadana por el Futuro de Puertollano tenía registradas cuatro preguntas, en tiempo y forma, y, tal y como ya denunciamos en un anterior comunicado, nos censuraron dos preguntas, precisamente las más críticas, y que hacían referencia al informe de la Sindicatura de Cuentas. En estas preguntas se pedían explicaciones y responsabilidades políticas, incluyendo la dimisión del alcalde en una de ellas. Y en la primera pregunta se pedían explicaciones, en primer lugar, en relación a los capítulos de personal, donde, según el citado informe, no se atendió a las exigencias del Tribunal Constitucional referentes al proceso de funcionarización y no se cumplieron algunos trámites y exigencias del Texto Refundido; y, en segundo lugar, preguntamos por los gastos en bienes corrientes y servicios, donde se incumplió el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

El secretario accidental ni tan siquiera hizo referencia a estas preguntas, como si no se hubieran registrado, y luego nos dijo que esas preguntas no cumplen el Reglamento, e incluso que son ilegales porque se refieren a ilegalidades (incumplimientos de ley) que no son ciertas. Pero dichas ilegalidades son detalladas por el informe de la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha. Es del todo incoherente que el ayuntamiento acepte dicho informe pero, en cambio, el secretario rechace nuestras preguntas, en un acto vergonzoso y delictivo de censura previa (según establece el Artículo 538 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal).

Con el fin de poder interpelar a los diferentes grupos políticos y prevenir nuevas violaciones de nuestros derechos individuales, hemos decidido, por un lado, formular algunas de nuestras preguntas mediante carta dirigida a los distintos grupos políticos y a la Concejalía de Políticas para la Ciudadanía y Participación Ciudadana, y, por otro lado, hacer públicas dichas preguntas con antelación a la celebración de los plenos.

De este modo, el viernes día 12 hemos entregado las cartas, que incluyen algunas de las preguntas para el próximo pleno, preguntas que reproducimos a continuación y de las que esperamos con interés las respuestas y las opiniones de los distintos grupos políticos y de María Teresa Fernández Molina, concejala de Políticas para la Ciudadanía y Participación Ciudadana. Estas preguntas iban a ser, en un principio, para el pleno del 4 de abril, pero, para nuestro descontento, dicho pleno lo celebraron, por sorpresa y sin avisarnos, el miércoles 27 de marzo (nos enteramos al día siguiente). No nos gustan las políticas para la ciudadanía sin la ciudadanía.

Finalmente, antes de pasar a las preguntas de las cartas, queremos introducir una nueva:

Recientemente hemos escuchado que este ayuntamiento, para cumplir con el compromiso adquirido con el Club Deportivo Puertollano en el año 2010, va a abonar los últimos 350.000€ que no se abonaron anteriormente por falta de liquidez. Para que la ciudadanía presente se haga una idea de la cantidad que supone, es casi los mismos recursos destinados en los actuales planes de empleo de la Diputación.

Por eso nos gustaría saber: ¿En base a qué se concede una subvención de 600.000€ anuales a un equipo privado en plena crisis económica, allá por el 2010? ¿Es acaso mejor la situación económica de nuestro ayuntamiento este año que el anterior para justificar el último pago, o un nuevo préstamo bancario para ese concepto?

Pregunta: “En el pleno ordinario del pasado mes de enero, en respuesta a una pregunta formulada por nuestra Plataforma Ciudadana, el Sr. alcalde dijo, y cito textualmente de las actas: “el derecho de participación en este Pleno de este Ayuntamiento creo que está a la altura del concepto de democracia que tenemos los componentes de este Pleno, muy a la altura”. ¿Es esto cierto? En 2009 el grupo municipal de Izquierda Unida propuso revitalizar la participación democrática actualizando el Reglamento de Participación Ciudadana e insistiendo en que el ayuntamiento se adhiera al Código del Buen Gobierno Local y se lleve a cabo una modificación del Reglamento Orgánico Municipal, y nada de eso se ha hecho. Y, desde entonces, los concejales de IU, que son componentes de este Pleno, se vienen manifestando en este mismo sentido. ¿Por qué no se ha hecho nada de lo que proponía IU? ¿Piensan hacer algo al respecto? Y ¿qué les parece que el Sr. alcalde hable en nombre de todos los componentes del Pleno, en un asunto que estimamos polémico como es el derecho de participación en los plenos?”

Pregunta: “Continuando con la misma pregunta del pleno de enero, en la respuesta el Sr. alcalde también afirmó, y cito textualmente de las actas: “La participación ciudadana en los Plenos de las Corporaciones Locales viene establecida por un Reglamento de desarrollo de una Ley básica, que no es del Ayuntamiento de Puertollano, sino de todos los Ayuntamientos de España y, por lo tanto, no podemos tomar decisiones que modifiquen normas que no hemos dictado nosotros porque estaríamos incumpliendo la normativa de carácter básico en materia de participación ciudadana. Aquí puede intervenir y puede preguntar quien establece el Reglamento de Funcionamiento de las Corporaciones Locales y sino nosotros estaríamos cometiendo una ilegalidad.” (tenemos un secretario accidental que viene demostrando que no sabe cuándo se escribe “sino” junto o separado).

Me puede decir el Sr. alcalde, usted que ha estudiado Derecho, que sabe tanto de leyes y que vigila tan bien para que se cumplan todas las leyes, como “ha demostrado” la Sindicatura de Cuentas, ¿qué artículos del Reglamento a que se refiere establecen que los asistentes del público no empadronados en la entidad local no tienen derecho a voz y no pueden formular una pregunta en los plenos? Y si dichos artículos existiesen, que no los hemos visto, ¿serían respetuosos, en primer lugar, con los artículos 14 y 20 de la Constitución Española; en segundo lugar, con el apartado II del Preámbulo de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, donde se recoge de forma explícita la filosofía que inspira esta Ley, en relación con la autonomía y las competencias de las entidades locales; en tercer lugar, con los artículos 10 y 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 1950, vinculante y ratificado por España en octubre de 1979, así como con uno de sus protocolos adicionales: El Protocolo nº 12, de 2000, en vigor en España desde junio de 2008, y que incorpora una prohibición general de discriminación en la aplicación de cualquier derecho reconocido legalmente?”

Pregunta: ¿Ha leído el Sr. alcalde, y los demás integrantes del Pleno, el documento: “LA PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN LA VIDA PÚBLICA LOCAL” RECOMENDACIÓN DEL COMITÉ DE MINISTROS DEL CONSEJO DE EUROPA E INFORME EXPLICATIVO? ¿Qué opinión les merece? Por favor, que no opine nadie más que el alcalde, no vaya a haber demasiada democracia o incumplirse algún artículo fantasma de alguna ley.

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