El juez señala la subasta del Aeropuerto de Ciudad Real para el 30 de julio y advierte de sanciones si persiste «mala fe o abuso de derecho»

El juez del Juzgado número 4 de Ciudad Real, con competencias en lo mercantil, Amalio de Juan Casero, ha dictado providencia por la cual señala para la celebración de la subasta del Aeropuerto de Ciudad Real el próximo día 30 de julio a las 11,00 horas. La resolución mantiene la posibilidad de que se presenten ofertas de compra directa de la totalidad de las explotaciones y elimina toda referencia al derecho de opción de compra de los bienes no subastados, punto que originó la suspensión de la subasta señalada el pasado 12 de junio.

Aeropuerto de Ciudad Real. Foto de archivo
Aeropuerto de Ciudad Real. Foto de archivo

La subasta partirá con un valor de tasación de 40 millones de euros. Para participar, los interesados deberán depositar una fianza de dos millones de euros.

Se reinicia, pues, el mecanismo de una subasta salpicada de denuncias y maniobras de diversos actores interesados, hasta el punto de que el juez ha tenido que advertir en su providencia de que todos «deben tener presente algo tan obvio como olvidado en este concurso de acreedores, es decir, el art. 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil», que proscribe «la mala fe, el abuso de derecho o el fraude de ley en este ámbito. «Por eso, será contrario a la buena fe procesal aquella conducta que no tenga otro propósito que el de dilatar artificialmente el procedimiento, o aquella que no guarde coherencia con la conducta de la parte expresada en actuaciones anteriores».

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado.  Solo se admitirán posturas ofreciendo el pago a plazos, si se ofrece un precio superior a 40.000.000 euros y se aporta compromiso en firme de entidad bancaria o de seguros de garantizar el pago de las cantidades aplazadas.

Por la propia naturaleza del procedimiento concursal el adjudicatario adquirirá la propiedad de los bienes subastados libre de cargas y gravámenes, sin subrogarse en ninguna de las deudas u obligaciones.

Del mismo modo el adjudicatario no se subrogará en los contratos de trabajo de los dos empleados que mantiene la concursada, los cuales serán extinguidos por la Administración Concursal al amparo del Expediente de Regulación de Empleo tramitado en su día salvo que la adquirente decida de forma voluntaria contratarlos.

Tampoco se subrogará en los contratos de suministro, mantenimiento o prestación de servicios vigentes, salvo que la Ley así lo imponga o que así lo acuerde voluntariamente con las entidades suministradoras o prestadoras de servicios.

Sin perjuicio del señalamiento de la subasta antes acordado, también se podrán presentar ofertas de compra durante los períodos en los que no esté abierto un plazo específico de recepción de ofertas de compra o esté tramitándose algún otro procedimiento de enajenación.

En particular, hasta las 15:00 horas del 9 de julio de 2.015 se podrán presentar ofertas de compra, a las que será aplicable el procedimiento de venta directa por parte de la Administración Concursal.

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4 COMENTARIOS

  1. Entonces si alguien se hace con el aeropuerto que costó más de 1000 millones de euros y que en la actualidad debe a acreedores diversos un montón, quiere decir que con los 40 millones de euros se hacen con la infraestructura subastada íntegra y libre de toda carga económica pendiente.

    Si es así menudo chollazo, porque habrá quien lo compre para revenderlo por pocos millones más de euros.

    • Me extrañaría bastante que esto vaya libre de cargas, en algún lado están metiendo el cepo para que algún pardillo meta el hocico y se lo coma.

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