Calendario de 2018: El nuevo año contará con diez festivos en toda España

El calendario laboral para 2018 recoge un total de 13 días festivos nacionales, de los que diez se celebrarán de forma conjunta en toda España, uno más que en 2017. En concreto, nueve son festivos nacionales «no sustituibles» por las comunidades autónomas: 1 de enero (lunes), 30 de marzo (Viernes Santo), 1 de mayo (martes), 15 de agosto (miércoles), 12 de octubre (viernes), 1 de noviembre (jueves), 6 de diciembre (jueves), 8 de diciembre (sábado) y 25 de diciembre (martes), según informa Europa Press.
calendario
A los nueve festivos no sustituibles se suma otro más, el 6 de enero, Día de Reyes (sábado), que será fiesta en todas las comunidades autónomas porque ninguna región ha decidido cambiar este festivo a otro día.

Junto a estos diez festivos nacionales figuran tres más que las comunidades autónomas pueden sustituir: el 19 de marzo (San José); el 29 de marzo (Jueves Santo) y el 25 de julio (Santiago Apóstol).

El 19 de marzo (lunes) sólo será festivo en Comunidad Valenciana y Murcia, mientras que el 29 de marzo (Jueves Santo) será festivo en toda España menos en Cantabria y Cataluña. El 25 de julio (miércoles) sólo será festivo en Galicia.

A todos estos días festivos hay que sumar el día que cada comunidad autónoma establece como fiesta propia, y los días festivos locales de cada ciudad.

En 2018 vuelve a añadirse como festivo nacional el 1 de enero (Año Nuevo), que no se recogía en el calendario de festivos de 2017 porque caía en domingo.

De este modo, en 2018 todas las comunidades disfrutarán de un festivo nacional más que en 2017, cuando sólo hubo nueve festivos comunes.

FESTIVOS DE 2018 POR COMUNIDADES

– ANDALUCÍA: 1 y 6 de enero, 28 de febrero (Día de Andalucía), 29 y 30 de marzo (Jueves y Viernes Santo), 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, y 6, 8 y 25 de diciembre.

– ARAGÓN: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 23 de abril (San Jorge), 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, y 6, 8 y 25 de diciembre.

– ASTURIAS: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 15 de agosto, 8 de septiembre (Día de Asturias), 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– ISLAS BALEARES: 1 y 6 de enero, 1 de marzo (Día de Baleares), 29 y 30 de marzo, 2 de abril (lunes de Pascua), 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– CANARIAS: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 30 de mayo (Día de Canarias), 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– CANTABRIA: 1 y 6 de enero, 30 de marzo, 1 de mayo, 28 de julio (Día de Cantabria), 15 de agosto, 15 de septiembre (Festividad de la Bien Aparecida), 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– CASTILLA-LA MANCHA: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 31 de mayo (Día de Castilla-La Mancha), 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– CASTILLA Y LEÓN: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 23 de abril (Día de Castilla y León), 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– CATALUÑA: 1 y 6 de enero, 30 de marzo, 2 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 11 de septiembre (Día de Cataluña), 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8, 25 y 26 de diciembre (San Esteban).

– COMUNIDAD VALENCIANA: 1 y 6 de enero, 19 y 30 de marzo, 2 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 9 de octubre (Día de la Comunidad Valenciana), 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– EXTREMADURA: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 15 de agosto, 8 de septiembre (Día de Extremadura), 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– GALICIA: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 17 de mayo (Día de las Letras Gallegas), 25 de julio (Santiago Apóstol/Día Nacional de Galicia), 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– MADRID: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo y 2 de mayo (Día de la Comunidad de Madrid), 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– MURCIA: 1 y 6 de enero, 19, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 9 de junio (Día de Murcia), 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– NAVARRA: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 2 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– PAÍS VASCO: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 2 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– LA RIOJA: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 9 de junio (Día de La Rioja), 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– CEUTA: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 15 de agosto, 22 de agosto (Festividad de la Pascua del Sacrificio), 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

– MELILLA: 1 y 6 de enero, 29 y 30 de marzo, 1 de mayo, 15 de agosto, 22 de agosto (Festividad de la Pascua del Sacrificio), 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre.

Relacionados

5 COMENTARIOS

    • Por cierto, tenemos una amplia oferta de fiestas patronales en las que, en la mayoría, se exalta el espíritu religioso de los habitantes de todos los rincones de nuestro país.
      En fin, el que quiera que adore a dios en cualquiera de sus versiones, y el que no a su madre (a la de dios, me refiero, adorar a la de uno mismo podría desembocar en complejo de Edipo, que trae consecuencias catastróficas según Freud).
      La cuestión es que nadie se quede fuera del negocio, dicho en plan metafórico, pues de todos es sabido que la religión verdadera sólo persigue fines espirituales y si ha llegado a tener patrimonio, ha sido por una cuestión colateral, inevitable y ajena a los fines que persigue.
      Aunque lo que no queda muy claro es por qué el Vaticano acuña moneda, con lo que le molestaban esas cosas al mismísimo Cristo.
      ¡Felices Fiestas!…….

  1. Oye «majete», si tu eres anticlerical me parece muy bien, pero respeta las creencias y tradiciones de los demás.

    A lo mejor en Venezuela estarías mejor.

    • Tengo la capacidad de respetar cualquier creencia religiosa. Como hombres, somos libres de sentir, profesar todo con respeto hacia los demás.
      Creer o no creer es una opción individual. Eso no quita que no se pueda estar de acuerdo con las cosas que son inconstitucionales, que no dejan ser libre a la persona, que intentan reocupar el espacio público e influir sobre la vida colectiva.
      En el seno de esta estrategia de reconquista se sitúa la exigencia de respeto entre religiones…..

Responder a Elvigilantedelamina Cancelar comentario

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí


spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img