Puertollano: Archivada una denuncia contra el jefe de Ginecología del Hospital Santa Bárbara por trato degradante contra un facultativo

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha estimado el recurso de apelación del jefe de Servicio de Ginecología del Hospital Santa Bárbara de Puertollano, Agustín Luque, contra el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de la ciudad industrial, de 3 de agosto de 2017, que acordó el procedimiento abreviado de diligencias por un presunto delito de trato degradante ejercido contra un ginecólogo que denunció a Luque considerando que «menoscabó gravemente» su integridad moral.
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Así, los magistrados de la audiencia, en sintonía con el Ministerio Fiscal, han acordado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones contra el doctor Luque al entender que no es posible concluir, ni aún indiciariamente, que su actuación pretendiera aplicar al denunciante un trato degradante con la única finalidad de menoscabar su integridad moral.

Según consta en el auto de la Audiencia Provincial, de 21 de diciembre de 2017 y consultado por miciudadreal.es, el denunciante, que trabajó como ginecólogo en el Hospital de Santa Bárbara, acusaba a Luque y a otra ginecóloga del mismo servicio de someterle a un trato que presuntamente «menoscabó gravemente» su integridad moral desencadenando una «depresión grave» que a la postre dio lugar a que se le reconociera una incapacidad permanente absoluta causada por accidente laboral.

Además, el denunciante aseguraba que el jefe de Servicio le denegó de manera «sistemática e injustificada» la asistencia a cursos de formación, «alterando de manera arbitraria jornada laboral, guardias y disfrute de vacaciones», al tiempo que Luque «cuestionaba públicamente su capacidad profesional, solicitando de otros profesionales el control de su trabajo».

No lo ven así los magistrados de la audiencia, que consideran que la forma de proceder y las conductas que se atribuyen a los dos doctores denunciados no merecen ser examinadas desde el punto de vista penal, «pues no es posible concluir, ni aún indiciariamente, que la actuación de Luque pretendiera aplicar al denunciante un trato degradante con la única finalidad de menoscabar su integridad moral». Prosigue el auto puntualizando que la incapacidad permanente absoluta derivada de accidente laboral que sufre el denunciante «no significa sin más que se le pueda considerar víctima de acoso laboral».

En este sentido los magistrados relatan que la relación que medió entre el denunciante y los denunciados se desenvolvió en un entorno laboral «conflictivo» al que en absoluto «fue ajeno» el propio denunciante pues constan sobre él «documentadas numerosas quejas de pacientes por falta de atención, quejas de compañeros de servicio, de enfermeras testigos de los tratos brindados a algunas pacientes».

«El propio denunciante reconoce que estaba poco familiarizado con determinados procedimientos básicos para un servicio de ginecología, por ejemplo con la práctica de amniocentesis», consta en el auto, que subraya que incluso consta la apertura de expedientes administrativos sancionadores contra él por una falta grave y otra muy grave en el desempeño de sus funciones, con dictado de sentencia por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Ciudad Real ratificando sanciones de cuatro meses y dos años de suspensión, respectivamente.

Además, el auto se refiere a escritos del doctor Luque poniendo estos hechos en conocimiento de los responsables hospitalarios; y que una comisión deontológica no advirtió comportamiento reprochable atribuible a Luque y a la otra ginecóloga denunciada.

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6 COMENTARIOS

  1. Sería uno de esos sin homologar, esos que atienden a los consejeros socialistas cuando se ponen malos ellos, sus parejas y sus hijos… vamos que no quieren a otros porque sin homologar y todo son los mejores…pal pueblo, claro.

  2. Vaya mierda y basura de profesionales … gracias PP y PSOE por ladrar, mentir y no trabajar … psoe local … Creamos miseria y ruina en Puertollano.

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