Puertollano: Tribunal Superior de Justicia declara «no conforme a derecho» la licencia del crematorio de la carretera de Almodóvar

Santos G. Monroy.– La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha declarado «no conforme a derecho» el acuerdo del Ayuntamiento de Puertollano, de 18 de marzo de 2015, que concedió la autorización de licencia para el inicio de actividad del horno crematorio en las instalaciones del tanatorio Servicios Funerarios de Puertollano, en la carretera de Almodóvar de la ciudad minera.

Representantes vecinales de Ciudad Jardín en enero de 2017, cuando dieron a conocer la primera sentencia que les daba la razón

Así consta en la sentencia de 10 de junio de 2019 que da la razón a la
Asociación de Vecinos Fernando el Santo de Ciudad Jardín al desestimar el recurso de apelación de la empresa funeraria contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ciudad Real que anulaba la resolución de 24 de junio de 2015 de la Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano que desestimó un recurso de reposición interpuesto por la Asociación de Vecinos frente al acuerdo que concedió la autorización.

En la sentencia del TSJCM, consultada por este digital, los magistrados respaldan en su integridad los argumentos y conclusiones del juzgado ciudadrealeño. Entre otras consideraciones puramente administrativas, concluyen que el Ayuntamiento de Puertollano, que no ha regulado una normativa municipal para este tipo de actividades, debe atenerse a los preceptos del Decreto 72/1999 de Sanidad Mortuoria de Castilla-La Mancha, que señala que el crematorio debe estar o bien dentro del cementerio municipal o bien lo más próximo posible. Ambas sentencias coinciden en que, ante la falta de acreditación de imposibilidad por parte del Ayuntamiento, debe entenderse que no se ha respetado tal previsión.

Así, el TSJCM alude a los «precisos razonamientos» de la sentencia del juzgado que «justificadamente amparan la estimación del recurso contencioso administrativo y la declaración de no conformidad a derecho de la resolución impugnada». En este contexto subraya que «no deja de resultar significativo» que el Ayuntamiento de Puertollano, inicialmente demandado, no haya planteado recurso de apelación cuando ha sido precisamente la administración que otorgó la licencia y a la que correspondía acreditar cumplidamente que no era viable la ubicación del crematorio en el cementerio, en parcela anexa o en el lugar más próximo.

Contra esta sentencia cabe recurso extraordinario y limitado de casación ante el Tribunal Supremo.

Los representantes vecinales consideran que estas decisiones judiciales «derogan» en la práctica la autorización del Ayuntamiento, por lo que piden el cese de la actividad de crematorio.

Maraña de recursos y contenciosos

Este desenlace judicial se produce tras una maraña de recursos y contenciosos en el marco de una indefinición jurídica que ha durado años.

El 29 de enero de 2014, el Ayuntamiento autorizó las obras del crematorio a Servicios Funerarios de Puertollano. Aquella decisión no sentó nada bien a las asociaciones de vecinos, que presentaron recursos de reposición aduciendo que se incumplía la normativa vigente, fundamentalmente el Decreto de Sanidad Mortuoria de Castilla-la Mancha que establece que los crematorios deben situarse en cementerios, edificios anejos a ellos, o en el lugar más próximo posible.

En febrero de 2014, el recurso de los vecinos obligó al Consistorio a paralizar una licencia ya otorgada y a encargar otros dos informes técnicos para determinar la viabilidad del crematorio en el cementerio.

La maraña se enredó aún más en marzo de 2014, cuando Servicios Funerarios de Puertollano interpuso un recurso de reposición contra la paralización del expediente arguyendo que no se le dio traslado del recurso presentado por los vecinos.

Finalmente el 18 de marzo de 2015 el Ayuntamiento de Puertollano concedió licencia de obras para Servicios Funerarios de Puertollano, si bien los vecinos de Ciudad Jardín siguieron adelante con el contencioso.

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21 COMENTARIOS

  1. Enhorabuena a la asociación de vecinos por estas dos primeras sentencias, ahí se demuestra que con tesón y legalidad se puede ir a cualquier sitio.
    Ya esta bien de incumplir las normas y leyes vigentes, claro como están o han estado acostumbrados a ello y dado que los gastos ocasionados los pagamos los ciudadanos, pues nada a tirar millas.
    A ver si se van dando cuenta que cada vez los ciudadanos se implican más con los despropósitos realizados por estos dirigentes de Puertollano.
    Reitero mi enhorabuena, a la lucha incesante de esta asociación y en especial su Presidenta.
    Ahora le toca pedir responsabilidades contra el ayuntamiento al tanatorio, por la concesión de dicha licencia.
    Pero como siempre, esto es lo que hay.

  2. Enhorabuena a los vecinos por la lucha y la victoria en este tema. Al final la ley se ha puesto de vuestra parte.

    La de palos también que le cayeron a Alejandro Llanos y al final se demuestra que también tenía razón.

    Un cero al Ayuntamiento y a la oposición del PP por este tema. Que habría entre manos para cometer semejante ilegalidad.

  3. La decisión de conceder la licencia se tomó en Junta Local de gobierno. Por lo tanto, no se llevó a Pleno para que se pronuciasen los miembros de la oposición. Para que luego digan que los responsables de la mala gestión la tienen también los de la oposición.

  4. Es cierto que la implantación de estos servicios funerarios va en aumento pero las normas que los regulan, en general, no compaginan bien exigencias ambientales y urbanísticas.
    Los crematorios siguen siendo un problema muy ‘vivo’…..

  5. No es de recibo culpar a un miembro de la oposición PPra, la beneficiada por este acuerdo. Los únicos responsables son los del equipo de gobierno COMO ÚNICOS integrantes de la Junta de Gobierno, asistidos por el Secretario que sabría, porque no era tonto, que la decisión de conceder la licencia era manifiestamente ilegal. (PREVARICANDO, PREVARICANDO).
    Ahora estamos ante un escenario de hechos consumados. Una victoria pírrica. El acuerdo era nulo de pleno derecho pero el tanatorio seguirá funcionando. Lo mismo que sucedió con la novena planta del Hotel santa Eulalia. Creo que IU llevó este caso a los tribunales y lo ganó. Pero la sentencia advirtió que en el P. san gregorio no se permitía una novena planta para futuros constructores. Pero la novena planta del hotel no se derriba. MUy triste.

  6. T*MODERADO* Os saltais las normativas para llenaros la barriga unos a otros da igual PSOE, PP O IU sois unos corruptos. Otra sentencia que deja con el culo al aire a nuestro ayuntamiento, si nuestro de los ciudadanos aunque esta peña se piensa que es suyo.

  7. Ahora es cuando dice el peña aquello de ;
    “ el cumplimiento de las ordenanzas es obligatorio para todos “
    ¿ NO ?
    *MODERADO*

  8. Y los técnicos municipales que informaron favorablemente, porque lo hicieron mal? Alguien les indicó que informaran mal?. Que cosas más raras pasan en ese ayuntamiento.

  9. Esperemos que de una vez el ayuntamiento acate las sentencias judiciales y anule la licencia que en su día parece que concedió de manera no legal y se cierre la actividad de ese crematorio.
    Y enhorabuena a todos los que han luchado para conseguirlo.

  10. Pues sí no me equivoco, y se obligará a esa empresa a tener que dejar de prestar ese servicio, sería el ayuntamiento el que tendría que responder por los daños y perjuicios causados a esa empresa puesto que le otorgó una licencia para poder prestar el servicio. Para mí es un claro problema del ayuntamiento, no de la empresa que lo único que trata de hacer es mantener su negocio y a las personas que viven de él, que son unas pocas.

    • Así es, al final pagamos todos la fechoría de unos cuantos.

      Algo justo sería anular la licencia, devolver el importe de la misma y el coste de la obra (previa entrega de factura) minorando la depreciación pero eso no pasara. O se mantiene la ilegalidad o nos costará un dineral por daños y perjuicios. Del bolsillo de los prevaricadores debería salir.

  11. Como PREMIO, al desastre de la mejor Ex-Alcaidesa. La nombramos Senadora del Reino.
    Lo positivo es que no vuelva a dar clases a nuestros niños , mirémoslo desde ese punto de vista

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