El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno obliga al Ayuntamiento de Poblete a facilitar los planos del Consistorio reclamados por el PP

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha estimado la reclamación presentada por Irene Carrión, miembro de la Junta Local del PP de Poblete el pasado 20 de febrero , en la que solicitaba a dicho organismo,  que el Ayuntamiento le  facilite un plano de la casa consistorial con detalle y adscripción de cada una de las dependencias, salas, habitaciones, estancias y a qué se dedica cada espacio del edificio del Ayuntamiento, y si este tiene otros edificios o equipamientos en el municipio con destino a labores de gestión municipal o administrativas propias de las competencias municipales.

La resolución del Consejo de Transparencia, emitida con fecha 14 de julio de 2020, insta al Ayuntamiento de Poblete, a que en el plazo de 20 días hábiles, traslade a la interesada la información solicitada y a que en el mismo periodo de tiempo remita a este Consejo copia de la documentación enviada a la reclamante, informan los populares en nota de prensa.

Antecedentes

Según explica la portavoz del PP en el Ayuntamiento de Poblete, Mercedes Remón, con fecha 9 de diciembre, y al amparo de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno( LTAIBG), Irene Carrión, miembro de la Junta Local del PP de Poblete solicitó al Ayuntamiento de Poblete un plano de la Casa Consistorial, detalle y adscripción de cada una de las dependencias, habitaciones, sala o estancias del Ayuntamiento y a que se dedica cada espacio del Ayuntamiento, así como si el Ayuntamiento de Poblete tiene otros edificios o equipamientos en el municipio con destino a labores de gestión municipal o labores administrativas propias de las competencias municipales.

Según Remón, el PP de Poblete tomó esta decisión ante la reiterada negativa del alcalde, Luis Alberto Lara, de no darle un despacho en el Ayuntamiento, al que tiene derecho como grupo municipal.

Por eso, y al  no estar conforme con la respuesta recibida por parte del Ayuntamiento de Poblete , la reclamante presentó, mediante escrito de fecha 20 de febrero de 2020 y al amparo de lo dispuesto en la LTAIBG, una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, organismo que 8 días después, remitió el expediente al Director de la Oficina de Transparencia , Buen Gobierno y Participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y al Secretario/Interventor del Ayuntamiento de Poblete, al objeto de que pudieran hacer las alegaciones oportunas, y que a fecha de la resolución no se han recibido.

Finalmente, el 14 de julio, la Oficina de Transparencia , Buen Gobierno y Participación , ha dictado resolución en la que estima la reclamación presentada por entender que su objeto se trata información pública a los efectos de la Ley, insta al Ayuntamiento de Poblete a que en el plazo de 20 días hábiles traslade a la interesada la información solicitada y a que en el mismo periodo de tiempo, el Ayuntamiento remita a este Consejo copia de la documentación enviada a la reclamante.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de 2 meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

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