Puertollano: Adjudicadas las obras de peatonalización de la calle Santísimo por 96.450 euros

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Puertollano ha adjudicado a la empresa Strata Pavimentos las obras de peatonalización de la calle Santísimo, por un importe de 96.450,53 euros, en un proyecto que vendrá a dinamizar la actividad económica de esta zona, que se integrará en el Centro Comercial Abierto, en la que se dará prioridad al peatón.

Una obras, con  un plazo de garantía de tres años, que se incluyen en la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado (Edusi), cofinanciada en un 80% por el fondo europeo de desarrollo regional (Feder) en el marcado del programa operativo plurirregional de España (Pope) del período 2014-2020.

Comunicación a Edusi

Asimismo ha adjudicado a la empresa Caffa4 Comunica por 150.000 euros el servicio de diseño, gestión, ejecución y evaluación del plan de comunicación de la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado (Edusi), también cofinanciado con fondos Feder.

Jornadas de trabajo con la Universidad de Castilla-La Mancha.

La portavoz del equipo, Ana Carmona, adelantó que el 15 de diciembre se celebrarán unas jornadas de trabajo de la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado (Edusi), con técnicos y concejales para compartir el estado de las operaciones y desarrollar un calendario común.

El objetivo, dijo Carmona, es que durante esta jornada surja una comisión de seguimiento del proyecto Edusi, ya que el próximo año será fundamental para el desarrollo del proyecto. “Hemos estado preparando planes, proyectos y el año que viene tendremos que ejecutarlos”.

La pasada semana se mantuvo un encuentro con concejales y técnicos de urbanismo del Ayuntamiento de Ciudad Real, “y la evaluación es muy positiva, y por eso vamos a seguir planificando este tipo de eventos». Asimismo anunció que la próxima sesión de trabajo será representantes de la Escuela de Ingenieros y Caminos de la Universidad de Castilla la Mancha.

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17 COMENTARIOS

  1. Y los vecinos dónde meten sus coches mientras se ejecutan las obras? La alcaldesa tiene algún parking reservado para ellos? Tiene un plan de previsión en ese sentido?
    Ja ja ja,, menudo año le espera.

    Feliz NAVIDAD!

  2. Si se quiere poner las máximas calles peatonales para mejorar el medio ambiente hay que construir más parkings con alquiler de plazas y una especie de zona azul municipal sin empresas externas. Esos parkings podrían ponerlos en la plaza del Gongo y peatonalizar el tramo de calle Cisneros y Norte desde calle Goya hasta Avenida 1° de Mayo con acceso de doble sentido en esas peatonales para las cocheras de dichas calles y otro parking en la plaza de los Salesianos y hacer esa zona peatonal. Ideas que les doy al grupo de gobierno que dicen que no tienen ideas y solo nos quejamos.

  3. Todo esto crearía empleo local y habría que crear una tarjeta de transportes para autobuses y parkings parecida a la de Madrid que se pueda recargar en máquinas dispensadoras repartidas en los parkings y algunas paradas de bus y también en algún kiosco del paseo vacío dando empleo a alguna persona.

    • Charles, vaya frase que te acabas de sacar de la chistera. A mi no se me habría ocurrido. ¿Has estado muchas horas pensándola? Te habrá costado mucho elaborarla, pero merece la pena para que, gente como yo, disfrutemos con tus magníficas aportaciones diarias y numerosas. Gracias maestro.

  4. Charles, en referencia a tu comentario respecto al peatón como el verdadero protagonista, supongo que eres conocedor de la Orden VIV/561/2010 respecto a lo que es el ITINERARIO PEATONAL ACCESIBLE y a los incumplimientos que este Consistorio proclama en sus Ordenanzas Municipales.
    Te sugiero que revises el Art. 5.2.a. de la Orden VIV/561/2010 y el Art. 18.1. de la Ordenanza Municipal de Terrazas.
    Y explícame esta inconsistencia, y como sitúas al peatón como protagonista.

      • Perfecto, como conocedor de este documento supongo que también será conocedor del Esquema del Ordenamiento Jurídico.
        Una Ordenanza Municipal es una norma de nivel inferior a una Orden Ministerial, y a una Sentencia del Tribunal Supremo (que emana jurisprudencia).
        En ese procedimiento de aprobación que Vd. cita, entiendo que con el asesoramiento del departamento jurídico del ayuntamiento, no se puede vulnerar ninguna ley de ámbito y/o rango superior.
        En la Ordenanza Municipal de Terrazas se vulnera y deber ser subsanada.
        La nula modificación de la Ordenanza, teniendo conocimientos los responsables municipales de la existencia de la Sentencia del Tribunal Supremo indica que estos gestores están «prevaricando».

        Las características para que un itinerario sea accesible para todas las personas según la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, son:

        Deberá discurrir siempre junto a fachada o aquello que se identifique como separación de otras edificaciones o espacios urbanos (separación de jardines, etc).

        Contará con un mínimo de 1,8m libre de obstáculos que permita girar, cambio de sentido y el cruce de dos usuarios de silla de ruedas (peatón que mayor espacio necesitan).

        Y ahora se compara el artículo 18.1. de con la Ordenanza Municipal de Terrazas.

  5. Como sigamos asi tendran que suprimirnos el impuesto de circulacion,por que no vamos a poder sacar los coches.Por cierto vivan los garitos,y sus terrazas,para eso estan las calles peatonales.Y a ver si aplican una sentencia que dice que las terrazas de los garitos no pueden estar pegadas a las fachadas,veriamos cuantos corralitos se podrian poner.

    • Quiero recordar la Sentencia 354/2019 del Tribunal Supremo:
      La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de la Asociación de Afectados por el ruido de Elche y ha anulado dos artículos (números 63 y 65) de la Ordenanza reguladora del ejercicio de actividades económicos de dicho municipio, del año 2013, en cuanto permite la instalación de terrazas interiores.
      En su sentencia, el alto tribunal recuerda que la Orden del Ministerio de la Vivienda 561/2010, de 1 de febrero, que desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, establece como condición general del itinerario peatonal accesible que “discurrirá siempre de manera colindante o adyacente a la línea de fachada o elemento horizontal que materialice físicamente el límite edificado a nivel del suelo”.

      La sentencia destaca que “parece olvidarse por el Ayuntamiento recurrido” que el citado requisito de la Orden de Vivienda “tiene por finalidad que un invidente pueda en su deambular orientarse con la línea de fachada o elemento horizontal que materialice físicamente el límite edificado a nivel del suelo”.

      Agrega que “ninguna duda debe ofrecer que la ocupación del espacio inmediato a esa línea de fachada o de la correspondiente a ese elemento horizontal, supone un obstáculo para quien siendo invidente no puede tomar como referencia la línea de fachada o elemento horizontal y, en definitiva, una limitación de su derecho de movilidad por los espacios públicos cuales son las aceras”.

      La nula aplicación de esta Sentencia, una vez conocida por los Gestores Municipales supone PREVARICACIÓN, que según dice la RAE consiste en: «Delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario dicte a sabiendas una resolución injusta».

      Tanto el Concejal de Terrazas como la Alcaldesa son conocedores de la sentencia y hacen caso omiso a su aplicación.

  6. En el pueblo tenemos lo que nos merecemos la gente votais a la basura de psoe durante 40 años pues pasa esto hacen lo que quieren sin que nadie les tosa … la de abenojar es buena alcaldesa jajaja jajaja

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