La Audiencia Provincial de Ciudad Real condena a 37 años y medio de prisión a los dos acusados de agredir sexualmente a una menor en Tomelloso

La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha dictado Sentencia, con fecha 16 de mayo de 2014, por la que se condena a un total de 37 años y seis meses de cárcel a cada uno de los acusados de haber agredido sexualmente a una joven menor de edad en un parque de Tomelloso.

Junto al delito de agresión sexual, la Audiencia les condena también por delito de robo con violencia e intimidación y por 2 delitos de lesiones.

Los procesados, L.V. y A.V. han sido sentenciados por delito de agresión sexual a la pena de 15 años de prisión, a la que se suman 13 años de cárcel más para cada uno como autores de dicho delito como cooperadores necesarios. Así mismo, la Sala del Tribunal provincial les condena por delito de robo con violencia e intimidación a 3 años y seis meses de prisión, y por 2 delitos de lesiones a 6 años de prisión (3 años por cada delito). Las penas para cada uno suman los 37 años y medio de cárcel.

La Sentencia estima probado que la noche del 12 de agosto de 2012 L.V. y A.V. golpearon y agredieron sexualmente a la menor, a la que además le robaron un teléfono móvil, y al mismo tiempo lesionaron a una segunda persona, un joven amigo de la víctima al que también le sustrajeron un móvil y su permiso de conducir. Ambos acusados, según recogen los hechos probados, les amenazaron de muerte si denunciaban los hechos. Tras lo ocurrido L.V. y A.V. se marcharon a Rumanía, donde permanecieron hasta su detención.

En los Fundamentos de Derecho de la Sentencia la Sala da credibilidad a las declaraciones de las 2 víctimas, que fueron coherentes, persistentes y sin contradicciones. Los Magistrados estiman que las relaciones sexuales no fueron consentidas por la menor, como alegaba la defensa. Prueba de ello, explican, lo constata la violencia ejercida por los 2 acusados y las vejaciones a las que sometieron a la víctima. Lesiones y violencia, dice la Sala, que vienen demostradas por los informes médicos forenses y de sanidad, existiendo además restos biológicos y muestras de ADN pertenecientes a los ahora condenados.

Según la Sentencia, en el momento de los hechos L.V y A.V. no tenían afectadas sus facultades por la ingesta de alcohol o sustancia alguna.

Además de la pena de prisión, la Sentencia establece para ambos acusados la prohibición de aproximación a menos de 500 metros a la víctima menor, y a comunicar con ella por un periodo total de 63 años (25 años por la agresión sexual, 23 años por dicho delito como cooperación necesaria, 8 años por el delito de robo con violencia y 7 años por el delito de lesiones).

La Sala ha fijado también para los 2 condenados una indemnización total de 53.550 euros para la menor (50.000 euros por daño moral, 3.000 euros por las secuelas y 550 euros por lesiones). La indemnización para la otra víctima, amigo de la menor, se ha fijado en 1.369,136 euros (944,136 euros por las secuelas y 425 por lesiones).

La Sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.

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