Un nuevo reglamento unifica los mecanismos de participación estudiantil en la UCLM

Todos los alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) comparten por primera vez las reglas del juego en sus sistemas de democracia interna. La reciente aprobación del Reglamento de Representación Estudiantil de la UCLM unifica los criterios y los plazos de elección de representantes, independientemente del centro de pertenencia. El delegado de Estudiantes, Juan Antonio Montero, confía en su utilidad para facilitar la participación.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobó en su última reunión  –celebrada el 20 de noviembre de 2012- el nuevo Reglamento de Representación Estudiantil, el documento que ordena todos los aspectos relevantes de la participación de los estudiantes en la institución académica. El texto, en cuya redacción han tomado parte activa los propios alumnos, se estructura en tres títulos que se ocupan, respectivamente, de la representación estudiantil, de las elecciones de estudiantes en órganos de representación y de la estructura y funcionamiento de los órganos colegiados de representación estudiantil.

No obstante, su aportación más notable radica en que por primera vez unifica los criterios y los plazos de elección de representantes, independientemente del centro de procedencia. Hasta la entrada en vigor de este reglamento, cada escuela o facultad organizaba sus propios sistemas de votación, lo que ralentizaba la renovación de cargos y complicaba la difusión de información entre los alumnos. A juicio del delegado de Estudiantes de la UCLM, Juan Antonio Montero Nicolau, el nuevo reglamento supone un importante avance, al establecer un sistema único para todos los centros, lo que contribuirá a facilitar la participación de los universitarios.

Precisamente, el escaso índice de participación de los alumnos en los órganos de representación universitarios constituye uno de los principales caballos de batalla de las organizaciones estudiantiles. Juan Antonio Montero confía en que el nuevo texto contribuya a invertir esta tendencia. De hecho, el Consejo de Representantes planteará iniciativas para conferir mayor visibilidad a este órgano, el de más responsabilidad en el ámbito estudiantil, entre las que destacan unas jornadas de formación específicas.

El delegado de Estudiantes de la UCLM incide, asimismo, en la importancia de los nuevos canales de comunicación en la dinamización del colectivo estudiantil. “Las redes sociales constituyen la vía más rápida y más directa de comunicación con nuestros compañeros”, señala Juan Antonio Montero. El perfil del Consejo de Representantes de la UCLM en Twitter (@EstUCLM) es el que cuenta con un mayor número de seguidores del conjunto de los consejos de representantes de universidades españolas.

Representación estudiantil
El Reglamento de Representación Estudiantil de la UCLM define al representante estudiantil como “todo aquel estudiante de la UCLM que ejerce, por elección democrática, algún cargo en el que represente y defienda los intereses y derechos legítimos de sus compañeros y compañeras”. En este sentido, puntualiza que “serán electores y elegibles todos los estudiantes de la UCLM que se encuentren matriculados en la misma para la realización de estudios conducentes a la obtención de un título oficial con validez en todo el territorio nacional”.

El documento concreta también dos tipos de representantes estudiantiles. En primer lugar, aquellos elegidos por sus compañeros que forman parte de los órganos colegiados de Gobierno de la Universidad, es decir, aquellos que pertenezcan al Claustro Universitario, Consejo de Gobierno, Junta de Centro, Consejo de Departamento o Consejo Social. En segundo lugar, aquellos estudiantes que también hayan sido elegidos por sus compañeros para ejercer otras funciones, como los delegados y subdelegados de curso,  y los miembros de las delegaciones de centros, delegaciones de campus y del Consejo de Representantes.

El Reglamento de Representación Estudiantil de la UCLM está disponible en http://www.uclm.es/organos/c_gobierno/arcg/repositorio/19_328.pdf

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