La Diputación modifica los baremos del Plan de Emergencia ante la creciente vulnerabilidad social por la incidencia del COVID-19

La Diputación de Ciudad Real, presidida por José Manuel Caballero, ha publicado hoy en el BOP un decreto mediante el que se modifican los baremos y los requisitos de acceso a ayudas de la institución provincial que se articulan a través del Plan de Emergencia Social, dotado de 1’2 millones para 2020 aunque sujeto a posibles ampliaciones en virtud de las necesidades, como consecuencia de la creciente vulnerabilidad social que se viene detectando a medida que avanza la crisis del coronavirus en nuestra provincia. En concreto, los cambios afectan a la cuantía de las ayudas y al umbral de renta de las familias afectadas.

Caballero ha procedido con la mayor celeridad posible a cambiar los criterios y a incrementar los recursos en los diferentes tramos porque los servicios sociales de nuestros pueblos han comenzado a informar de la existencia de familias que precisan ayuda ante la situación socioeconómica y sanitaria que ha provocado la excepcional situación de emergencia que se está viviendo en España y en el mundo.

Así las cosas, se han modificado los criterios de valoración y en lugar de partir de la Pensión No Contributiva se tendrá en cuenta el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples cuyo desglose se sitúa en 537,84 €, por un miembro; 564,73, por dos; 592,96, por tres; 622,60, por cuatro; 653,73, por cinco; 686,41, por seis; 720,73, por siete; y 756,76, por ocho o más.

En cuanto al “Límite presupuestario y cuantía máxima por beneficiario/a, se ha modificado el importe a percibir por beneficiario. Un miembro recibirá 240,00 euros al trimestre; dos 300,00 euros; entre 3-4 miembros 360,00; entre 5-6 miembros 420,00 euros; entre 7 y 8 miembros 480,00 euros y más de 8 miembros 540,00 euros también al trimestre. Se ha considerado oportuno, además, que si, de manera excepcional, se supera el crédito trimestral previsto, se podrá hacer uso del crédito del trimestre siguiente, siempre dentro del umbral económico total asignado a la convocatoria.

Del decreto se desprende, asimismo, que la modificación de carácter transitorio que se está llevando a cabo queda vinculada a la vigencia del RD463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, volviendo a su redacción inicial, en todos sus términos, una vez cese.

En base al Plan de Emergencia Social se podrán solicitar ayudas que permitan cubrir las necesidades básicas y de higiene personal que se detecten en el seno de familias desfavorecidas en todos los pueblos y ciudades de nuestro territorio.

Aunque las bolsas de pobreza han existido siempre, la crisis afectó de manera notable a muchas familias de la provincia y ahora con la incidencia del COVID-19 se han incrementado las necesidades. Sin caer en políticas asistenciales, en estos tiempos se hace necesaria una mayor intervención del Estado y de las Administraciones Públicas. Se imponen las políticas solidarias como parte de la justicia social, que no de la caridad, para paliar las consecuencias sociales y económicas negativas que se traducen en nuevas formas de marginalidad.

Mediante el Plan de Ayudas de Emergencia Social para 2020, y conforme a los principios de colaboración y cooperación en materia de Servicios Sociales recogidos en la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, se pretende que las personas físicas y/o familias con graves dificultades económicas que residan en la provincia de Ciudad Real obtengan una ayuda de carácter extraordinario para hacer frente a gastos específicos de carácter básico derivados de la compra de alimentos y de artículos para higiene personal. Aunque de  la convocatoria también se desprende que se atenderán, asimismo, otras situaciones excepcionales como las que desgraciadamente se están produciendo en los últimos días en la provincia a causa de la crisis del coronavirus.

La excepcionalidad tiene que ver con casos de diversa índole que acrediten la emergencia social mediante la correspondiente documentación y prescripción técnica. Así las cosas, en casos de extrema necesidad se procurará la compra de vestido, calzado y medicinas. Se hará frente, del mismo modo, si es estrictamente necesario, a gastos de suministros básicos de la vivienda, de alojamiento o desplazamiento. En los dos supuestos últimos sobre todo si las solicitudes las motivan víctimas de violencia de género.

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1 COMENTARIO

  1. Es muy necesario dar prioridad a la lucha contra la pobreza y la exclusión para paliar las situaciones más graves en estos difíciles tiempos en nuestra provincia…..

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